Calle de nueva apertura

Buenos días. Mi famili posee una finca en un pueblo cerca de las eras del mismo, esas eras han sido urbanizadas y se esta procediendo a la contucion de las calles y de los chalets, el caso es que han replanteado la calle que daría acceso a la finca de mi familia y nos da la sensación de que va a ser demasiado estrecha. Mi pregunta es ¿cómo se decide ese ancho de calle, se podría recurrir? Saludos y muchas gracias por su atención.

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El ancho de la calle está definido por el plan de urbanización y en primer lugar por el plan de ordenación urbana, que lo tienes a tu disposición en el propio ayuntamiento.
En cuanto al ancho mínimo, ten en cuenta que si se trata de un acceso exclusivo para tu finca puede llegar a tener unas dimensiones muy pequeñas. 3 m es un ancho estándar pero es posible para accesos hacerlos de 2.5m sin problemas.
La opción de recurso sólo la tienes si lo que están ejecutando no se corresponde con el plan que figura en el ayuntamiento. Ese plan podía recurrirse en el momento de su redacción. Una vez aprobado y en funcionamiento es muy complicado que se dé marcha atrás ya que implica unos recursos muy considerables.
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Gracias por la respuesta, una aclaración el acceso no es exclusivo de nuestra finca, lo que si es cierto es que comunica con una callejuela de acceso a otras fincas pero que no tendrá más de 2 metros de ancho y que a su vez comunica con otra calle, esta ya si con unos 6m de año, ¿cambia con estos datos algo el asunto?, gracias nuevamente.
También me gustaría saber quien redacta para ayuntamiento del pueblo el plan de ordenación urbana y se aprueba allí mismo o en instancias superiores, muchas gracias de nuevo.
Yo creo que hay diferencias entre si se trata de un acceso o de una calle. 2m me parece muy poco.
El ancho de la calle depende de las normativas de cada ayuntamiento y/o comunidad. Creo que deberías acudir a los servicios municipales para consultar este extremo. Como también te recomendé antes que acudieras a consultar cuál es el ancho oficial de la calle porque a lo mejor la están ejecutando mal.
El plan de ordenación la redacta el propio municipio aunque en ciertos casos (por tamaño) pueden encargarse administraciones superiores o asesorías externas. La aprobación depende de la comunidad autónoma que tiene competencias en ordenación del territorio.
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El replanteo puede ser para elaborar el proyecto, o como interpreto, ya en fase de obras para la urbanización de las calles. Para poder realizar dicha obra ha tenido que ser necesario redactar un proyecto y obtener del Ayuntamiento la correspondiente licencia.
Por ello, te recomendaría, como primer paso, que acudieras al Ayuntamiento a plantear tu cuestión y te confirmaran las dimensiones finales de tu calle, que entiendo hasta ahora ha debido de ser un camino.
Si una vez realizado esto no estás conforme con la información facilitada, indícamelo y si te puedo seguir asesorandote lo haré encantado, y si precisas un técnico para realizar dichas gestiones, quedo a tu servicio.
Un cordial saludo
I.Alonso
Ingeniero de caminos
www.construir-reforma-casa.com
[email protected]
Muchas gracias por su atención, no dudare en ponerme en contacto con usted en caso de nuevas dudas o gretiones.
Saludos cordiales
(xxxxxx).
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Tratándose de una urbanización nueva los anchos de calle se establecen de acuerdo a diversas normativas, principalmente autonómicas y locales.
El plan de urbanización debe recoger las dimensiones de la vía de acceso y en la memoria una justificación de que cumple las exigencias legales.
Habitualmente una calle de nuevo trazado tendrá unos 6-7m entre alineaciones como mínimo (3m de vía rodada y aceras de 1.5 o 2m mínimo según la normativa autonómica) aunque puede haber variaciones.
El planeamiento se debe exponer públicamente previamente a su aprobación definitiva para que se puedan presentar alegaciones. En ese caso se redactan estas justificadamente y se estiman o no razonadamente. En su caso, al estar las obras en ejecución, ese plazo ya ha pasado y solo veo una posibilidad de recurso, en caso de que no se cumpla la normativa general que regula los anchos de calle, especialmente la normativa autonómica de accesibilidad y el CTE en la parte de acceso de bomberos; aunque me extrañaría que quien redactase ese planeamiento cometiese errores de ese calibre.

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