La inclusión en un Polígono en el planeamiento no significa gran cosa si ese polígono no se desarrolla urbanísticamente. Las posibilidades que tiene dependerán en buena medida de la dimensión de su propiedad y del porcentaje que eso suponga en el total del polígono, así como de la posibilidad de que se ponga de acuerdo con otros propietarios (hasta tener más del 50% del total) para poder hacer valer su opinión y variar el planeamiento.
A usted le corresponderá un aprovechamiento de la edificabilidad final del polígono (tanto para VPO como para vivienda libre) que dependerá de la superficie de su propiedad.
Si usted (o en unión con otros propietarios) tiene más del 50% del polígono tendrá la posibilidad de establecer un diseño urbano y aprobar/oponerse si no le satisface.
Si el porcentaje de la propiedad total que tiene usted es menor podrá ejercer sus derechos (de compensación principalmente) en el porcentaje que le corresponda, pero más allá del estricto cumplimiento de la legalidad (que ya no es poco) poco podrá hacer. De todos modos, una fiscalización rigurosa del reparto, plazos, etc. puede evitarle desagradables chanchullos gestados entre los principales propietarios, promotor del desarrollo y empresas contratadas para las obras; aunque exigirá de tiempo (y posiblemente buenos abogados)
Respecto a la expropiación: no están obligados a expropiarle (y si usted no paga pueden esperar a que la deuda compense la valoración).