Aplicación del documento básico SUA incluido en el CTE.
Hola.
Quisiera saber si me pueden aclara algunas cuestiones respecto a edificios ya construidos.
Concretamente lo que se refiere a barandillas en cerramientos y balcones.
en primer lugar quisiera saber si el SUA (Seguridad de Utilización y Accesibilidad) comprendido en el Código Técnico de la Edificación, de 19 de Febrero de 2010, son solamente recomendaciones o normas de obligado cumplimiento, independientemente de la comunidad autonómica o municipio donde se ubique la edificación.
Si dicho SUA afecta solo a construcciones posteriores a su publicación, a reformas, tiene carácter retroactivo.
En el caso de observar actuaciones que contravengan lo especificado en dicho documento ¿donde se debe realizar la correspondiente reclamación? ¿es responsable el ayuntamiento a través de su departamento de urbanismo, el promotor o constructor, el propietario del inmueble?
Muchas gracias.