Cuantos metros hay que dejar al margen de un pequeño rio para poder edificar, gracias

Me gustaría saber cuantos metros hay que dejar al margen de un pequeño rio, y si partir de esa distancia ay que dejar mas metros para poder edificar.

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Donde está el pequeño río, es para saber la confederación y pasarte los requisitos concretos. De todos modos la ley de aguas dice lo siguiente:

Artículo 6. Definición de riberas.
1. Se entiende por riberas las fajas laterales de los cauces públicos situadas por encima del nivel de aguas bajas, y por márgenes los terrenos que lindan con los cauces.
Las márgenes están sujetas, en toda su extensión longitudinal:
a) A una zona de servidumbre de cinco metros de anchura, para uso público que se regulará reglamentariamente.
b) A una zona de policía de 100 metros de anchura en la que se condicionará el uso del suelo y las actividades que se desarrollen.

Los usos en esta zona están sujetos a autorización por parte de la confederación, que será la que determinará si en la franja de policía puedes edificar, no, o bajo que condiciones. Fuera de esos 100 metros en principio no hay problema de edificación en cuanto a lo que a esta autorización se refiere, siempre tendrás que tener en cuenta otras legislaciones que puedan afectar (ordenación del territorio, planeamientos urbanísticos, vías de comunicación...)

gracias por su rápida respuesta,el rio esta en Guadalajara

Estando en Guadalajara supongo que pertenecerá a la C.H. del Tajo. Aquí tienes las condiciones de autorización de dicha confederación para las obras realizadas en zona de policía (la franja de 100 m de la que te hablaba):

http://www.chtajo.es/Servicios/Tramitaciones/Documents/obraz_r1.pdf

Si tu edificación está claramente dentro de esta franja deberás solicitar autorización y realizar un estudio hidráulico. Si esta sobre los 100 m deberías ponerte en contacto con ellos para que te indiquen hasta donde te afecta esta franja.

Si necesitaras apoyo técnico o estudio hidrológico y lo consideras oportuno, puedes escribirme a [email protected] para establecer un contacto.

En caso de que el cauce del que me hablas perteneciera a la C.H. del Ebro, puedes encontrar la información en su web, pues no me permite ponerte en enlace a los requisitos de la autorización de obra en zona de policía.

Ruego cierres y valores si con esto queda contestada tu pregunta, si no, no dudes en preguntarme y, si necesitas asesoramiento más concreto, podemos contactar como ya te he dicho en [email protected] .

Te ruego que me comentes si te queda alguna o duda o que valores y cierres si la pregunta ha quedado contestada.

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Tengo una finca urbana la cual está bordeada por un río, la finca tiene 3000m y tengo dos caseras de obra para guardar material a 50 m y confederación me las manda quitar, ¿es eso legal?

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