Poste de luz en finca.

El ayuntamiento de mi pueblo quiere poner un poste de luz de segunda fase, con una altura de 11 metros y superficie de un metro cuadrado en una finca de mi propiedad de 2 hectárea vallada;quisiera saber si tengo derecho a pedir una indemnización y la cantidad que puedo pedir y si también tienen que pagarme si deciden poner el poste en la finca vecina pero tienen que pasar por mi finca parahacerlo. También quisiera saber cuando valdría poner una toma de luz en este poste.
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Respuesta
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Cualquier ocupación temporal (por ejemplo para poner el poste en la parcela vecina o en la suya propia) o permanente (poner el poste en la parcela) debe seguir un proceso administrativo (normalmente expropiación por el trámite de urgencia) con ciertas indemnizaciones que suelen ser bastante bajas.
Debe tener en cuenta que el poner ese poste en su parcela (o incluso que los cables vuelen parcialmente sobre la misma) conlleva unas servidumbres sobre su parcela que conviene evitar, si es posible.
Sobre la cantidad a pedir de indemnización se debe ría establecer en el trámite de expropiación (y pude recurrirse), y se suele fijar según el valor del cultivo y la superficie afectada.
En cuanto a la toma de luz no sabría decirle porque no es mi campo, pero puede consultar a la compañía eléctrica o a algún instalador autorizado.

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