Gratificaciones extraordinarias

Hola carlota me preguntaba que tipo de asiento debo de realizar para las gratificaciones extraordinarias porque no me aclaro. Gracias por atenderme

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Las gratificaciones extraordinarias de los trabajadores son también gastos por salarios con lo que la recoges como las demás nominas en la 640. Lo único que las diferencias es que no tienen que pagar la SS.aunque si IRPF quien este sujeto.
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