Me gustaría saber como contabilizar una cantidad que se recibe como "señal" o depósito al realizar una venta de un curso. Había pensado contabilizarlo como anticipo de cliente pero, si no me equivoco, éste se refiere a una cantidad entregada por el cliente por una compra/venta futura y en el caso que yo expongo ya se ha realizado la venta.
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Respuesta de Adolfo T Dochado Soto
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Adolfo T Dochado Soto, Especialista en Análisis, Organización, Auditoría y Asesoría de...
1º. La VENTA del Curso no se perfecciona (completa) hasta que el SERVICIO (enseñanza) se ha prestado. 2º. Las cantidades entregadas A CUENTA son, precisamente, PAGOS A CUENTA o ANTICIPOS y como tales deben ser registrados contablemente y tratados fiscalmente. 3º. El criterio general de devengo del IVA es que éste se produce cuando se ENTREGA el bien o se PRESTA el servicio correspondiente. No obstante, en las operaciones sujetas a gravamen que originen PAGOS ANTICIPADOS anteriores a la realización del hecho imponible, el IVA se devenga en el momento del COBRO TOTAL o PARCIAL del precio por los importes efectivamente percibidos (Ley del IVA, Artículo 75. Dos). Por cada uno de los PAGOS ANTICIPADOS recibidos se debe EMITIR UNA FACTURA. Así pues, el registro contable sería: En el momento de recibir el anticipo a cuenta (572) Por el importe total del ANTICIPO, IVA incluido. A (437) Por la parte de la operación cobrada por anticipado. A (477) Por el IVA repercutido sobre el IMPORTE cobrado por anticipado. En el momento de formalizar la VENTA (430) Por el importe adeudado por el Cliente, correspondiente al RESTO de la operación. (437) Por la parte de la operación cobrada por anticipado. A (700) Por el TOTAL del importe neto de la operación. A (477) Por el importe del IVA repercutido sobre el RESTO del importe neto de la operación. La partida (437) viene a sustituir a la (700) en tanto en cuanto la VENTA no se perfecciona (devenga) hasta que el bien es entregado o el servicio prestado. Las FACTURAS emitidas por cada uno de los PAGOS ANTICIPADOS o PAGOS PARCIALES recibidos del Cliente deben considerarse como DOCUMENTOS JUSTIFICATIVOS de dichos pagos, no así de la operación principal. Luego, de facto, la OPERACIÓN PRINCIPAL (VENTA) se realiza y factura en un solo momento, independientemente del número de PAGOS A CUENTA que se reciban. Espero que estas observaciones extraídas de mi práctica profesional le resulten de utilidad. Le agradeceré que FINALICE la pregunta VALORANDO mi respuesta A LA MAYOR BREVEDAD. Siendo un foro gratuito, la única retribución de los expertos es la valoración que los consultantes hagan de nuestras respuestas. Una vez FINALIZADA y VALORADA esta consulta, no dude en plantear NUEVAS preguntas para resolver sus dudas.