Fianzas de Contratos con la Administración

Una empresa constructora y de servicios, tiene contratos y obras con la administración la cual antes de ser firmados exigen una fianza.
¿Cómo se Contabiliza esto?
¿Y cuándo la devuelven?
Respuesta
1
Para la primera pregunta se contabilizaría
(565) Fianza constituida a c/p
A
Tesorería (57)
Cuando lo recuperes se hace el mismo asiento a la inversa
El plazo de devolución no hay un término fijo, ya que normalmente depende de cuando cumplas con la obligación por la que solicitan la fianza
Ej: Pides licencia para abrir una zanja, entregas fianza con la que te compromentes a la restauración de la vía a su estado original, momento en el cual te la devuelven, por eso mi consejo es que mires el pliego de condiciones y veas qué requisitos debes de cumplir para su recuperación.
Espero haberte ayudado, no obstante si te quedan dudas me lo dices y lo volvemos a mirar.
Un saludo
Manuel
[email protected]

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