Fogasa

Mi empresa, desgraciadamente, a finales del año pasado realizó varios despidos por causas objetivas.
Este mes el Fondo de Garantía Salarial (FOGASA) ha devuelto a la empresa el 40% de las indemnizaciones que pago a los trabajadores afectados.
Mi pregunta es: ¿Cómo debo contabilizar este ingreso del 40% de las indemnizaciones?

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Deberías contabilizarlo como ingresos excepcionales o extraordinarios, para anular parte del gasto que has contabilizado de las indemnizaciones en la 641. Y que con esto se quede en la cuenta de explotación sólo el gasto por indemnización que realmente se ha satisfecho.

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