Intereses devengados no cobrados

Debo contabilizar unos intereses de unos prestamos a una sociedad participada que se han devengado este mes de junio pero que no se han cobrado, ni se esperan cobrar este año.
¿Deben ir al grupo 7? Me gustaría evitar el impuesto sobre sociedades hasta que no hayamos cobrado los importes. ¿Es eso posible?

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Me temo que el propio devengo de los intereses te origina el rendimiento fiscal en el IS.
Te puedes arriesgar al cierre de 2009 aplicando esos intereses (762) con un ajuste a la (485) considerándolos ingresos del siguiente ejercicio (haces corresponder el cobro con el devengo aunque no sea muy ortodoxo, pero te lo quitas de la base del impuesto)
Suerte

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