Contabilización intereses

Se trata de una contabilidad en una sociedad limitada, contabilizo la liquidación de iva trimestral quedando en la cuenta 475 la cantidad a pagarya que se solicita aplazamiento y fraccionamiento del pago. Recibo la denegación por parte de Hacienda del aplazamiento solicitado y envía una carta de pago por el importe principal más los interese de demora. Si no se realiza el pago ¿debo contabilizar los intereses? Si es así ¿Cómo sería el asiento? Porque se entiende que los intereses aplicados por hacienda aumentan el total de la deuda aunque esta no se liquide.
Respuesta
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Lo más sencillo será no contabilizarlo hasta el pago, sino 66 Intereses a 47 Hacienda Acreedora.

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