Olvidé rellenar el modelo 110 de la contabilidad en el trimestre pasado ¿Qué hago?

El pasado trimestre se me olvido hacer el mod. 110, ¿Cómo puedo arreglarlo ahora? Tengo que presentar un mod. 110nuevo poniendo 3t, ¿o dentro del mismo mod 110 del 4t en la casilla 29 especifico la retención del 3t? Es asi o no?
Respuesta
1
Tienes que presentar el modelo 110 del 3ºT individualmente, sería una presentación extemporánea, es decir, pasado plazo. Si hacienda no te lo ha reclamado, te librarás de multa pero no de los intereses que ha generado desde la fecha del devengo (20.07.10).
El 4ºT tienes de fecha hasta el día 20 del mes de Enero.
Los modelos 110 no son acumulativos, cada uno se imputa su trimestre correspondiente.
Cualquier duda, aquí estamos.
Gracias, pero si no lo presento. Me pueden multar. ¿Pasado el año?
¿Cuánto tendré que pagar de intereses? ¿Podrían orientarme para no asustarme?
¿Cuál es el importe que tendrías que haber ingresado en el tercer trimestre del mod. 110?
¿Sobre 285,69?
Vale, no es una cantidad elevada, por tanto no tardaría en presentar el modelo del 3ºT, haber si vas a recibir con anterioridad una notificación de hacienda y entonces te costará bastante más caro.
Lo que deberías hacer, es presentar el 3ºT como declaración extemporánea ya que hacienda no te ha solicitado formalmente la presentación del modelo, creo que por el tiempo que ha transcurrido tendrías un recargo de un 15% sobre el importe que dejaste de ingresar. No llevarás recargo de mora ni sanción. La liquidación te la mandarán pasado un tiempo más o menos un par de meses desde que realizas la presentación, puede incluso tardar más y también menos.
Puedes hacer una pequeña "trampa", pero tiene sus riesgos y es que te pueden pillar y entonces ya hablaríamos de otra cosa. Te explico, presentas el modelo 110 del 3ºT "sin actividad". Y en el 4ºT añade las bases y las retenciones del modelo no presentado. (Yo de todas formas no lo haría).
El modelo tienes que presentarlo, hacienda tarde o temprano te localizará y verás que no has presentado el 3ºt y te lo solicitará, habrá pasado más tiempo, y además de pagar el 20% de intereses desde el 20 de Julio, llevarás recargo de mora y sanción (50% de lo que dejaste de ingresar).
Ok, lo voy a hacer legal.
Presentare el mod. 110 del 3t, ¿y en este tengo que especificar algo en concreto? Lo tengo que llevar al banco, ¿verdad? No ha hacienda.
No hay nada que especificar, lo cumplimentas y lo pagas. Si es una S.L. tienes que hacer la presentación telemática y si es persona física puedes presentarlo en papel en tu entidad bancaria.

Añade tu respuesta

Haz clic para o

Más respuestas relacionadas