Bancotel

Hola, mi pregunta es ver si estáis de acuerdo en la contabilización de los bancoteles. Yo he pensado que cuando la agencia de viajes me extiende factura por el importe del bancotel haga el siguiente asiento:
417 Anticipo de
Acreedores(Hotel) a 410
( Agencia de
Viajes)
Si pago al acreedor de agencia de viajes:
410 a 572.
Y cuando haga uso del bancotel, y en este caso el hotel es el que me extiende el iva hacer el siguiente asiento:
629
472 a 417
¿Estáis de acuerdo?´¿Cómo lo veis?
Espero vuestra respuesta . Gracias

1 respuesta

Respuesta
1
No es muy aconsejable ese uso de 417 a 410
En primer lugar porque realmente no es un anticipo tanto en cuanto no existe una salida de dinero.
Lo aconsejable sería:
629 a 410
cuando pagas a la agencia
410 a 572
Y cuando el hotel te cobra el iva (me imagino que se lo pagas al propio hotel)
472 a 57/xx
Un abrazo.
hOla, gracias por tu respuesta pero mi problema estriba en que yo antes también lo contabilizaba tal y como tú dices pero mi duda es ¿qué pasa con elo 347? ¿A quién le imputo que he sobrepasado la cantidad de 500.000ptas? ¿A la agencia o al hotel? Porque cuando pongo la sienta de iva en el libro de facturas recibidas queda como contrapartida el del hotel
Saludos, y perdona las molestias
En este caso el IVA se lo pagas al hotel, por tanto es a quien debes imputárselo.

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