Como considerar el escaparate para PGC

Tengo una factura de la fabricación, suministro e instalación de marco de aluminio para montar un escaparate (2.500E). Mi duda consiste en que no sé si contabilizarlo como un inmovilizado material de mobiliario (216), o bien otro inmovilizado material (219) o gtos varios (grupo 6)

Si lo pongo en el grupo 2, imagino que habrá que ir amortizándolo y no sé cual es el %

Si hay alguien por ahí que me pueda decir algo al respecto se lo agradecería.

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Yo creo que en todo caso el material que refieres está asimilado a la construcción, no es algo que te puedas llevar fácilmente ni que puedas aprovechar para otro lado. Por lo tanto debería ir a construcciones, y amortizarlo al 2% (3% si es empresa de pequeña dimensión). Salvo mejor opinión claro.

Hola,

Muchas gracias por responder tan pronto.La verdad es que no me había planteado la opción de considerarlo como Construcción, pero es cierto que si dejo el local, ese escaparate se quedará ahí como una mejora del local.

Voy a ver dejar unos días más la pregunta abierta, a ver que otras opiniones hay.

Saludos,

Si el local es arrendado, puedes amortizar el elemento en los años que tengas de contrato alquiler. Creo que una vez alguien contesta a la pregunta, ya no lo puede hacer nadie más. Ahora que si hay otras opiniones, mejor, siempre está bien contrastar conocimientos.

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