¿Cuándo pagar modelo 202 Impuesto Sociedades?

Cuando se empieza a pagar el pago fraccionado mod. 202 del impuesto sobre sociedades??

Mi empresa se aperturó en diciembre de 2012 pero tubo perdidas ese primer año, en este 2013 tendría que hacer algún pago??

Un saludo.

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El modelo del pago a cuentadebes presentarlo cada plazo, si no ha cambiado en octubre, diciembre y abril. El modelo puede ser negativo, obviamente, porque en el cálculo del impuesto tu base liquidable sea negativa, pero presentarlo estás obligado a presentarlo a partir del alta. Tiene dos formas de cálculo, creo recordar, una sobre el beneficio del año anterior y otra sobre los datos del ejercicio actual.

En cuanto al impuesto en sí, se presenta dentro de los 25 días siguientes a la fecha tope de cierre del ejercicio, si eres una sociedad que hace coincidir su ejercicio fiscal con el año natural, en el mes de julio.

De todas formas si entras en la pagina de la agencia tributaria, ahí puedes aclarar tus dudas. Las ayudas de cada modelo son buenas.

Esto es lo que aparece en las instrucciones del modelo 202:

<div style="font-size: 10.72px; font-family: sans-serif; left: 544.413px; top: 466.787px; transform: scale(0.993387, 1); transform-origin: 0% 0% 0px;" dir="ltr" data-font-name="Helvetica" data-canvas-width="5.9603201776313774">"Para el resto de entidades, en los supuestos en que, de acuerdo con las normas reguladora</div><div style="font-size: 10.72px; font-family: sans-serif; left: 96.032px; top: 478.947px; transform: scale(0.956997, 1); transform-origin: 0% 0% 0px;" dir="ltr" data-font-name="Helvetica" data-canvas-width="400.98161195018304">de los pagos fraccionados a cuenta del Impuesto sobre Sociedades o del Impuesto sobre la Renta de los No</div><div style="font-size: 10.72px; font-family: sans-serif; left: 96.032px; top: 503.613px; transform: scale(0.993007, 1); transform-origin: 0% 0% 0px;" dir="ltr" data-font-name="Helvetica" data-canvas-width="140.01392417274">Residentes, no deba efectuarse ingreso alguno en concepto de pago fraccionado de los citados impuestos en el período correspondiente, no será obligatoria la presentación del modelo 202."</div><div style="font-size: 10.72px; font-family: sans-serif; left: 96.032px; top: 503.613px; transform: scale(0.993007, 1); transform-origin: 0% 0% 0px;" dir="ltr" data-font-name="Helvetica" data-canvas-width="140.01392417274"> </div><div style="font-size: 10.72px; font-family: sans-serif; left: 96.032px; top: 503.613px; transform: scale(0.993007, 1); transform-origin: 0% 0% 0px;" dir="ltr" data-font-name="Helvetica" data-canvas-width="140.01392417274">Pos eso entiendo que no hay que presentar el modelo 202 mientras no haya un resultado positivo en el ejercicio.</div>

Es ilegible tu enlace, lo siento. Si pone que no es necesario presentarlo, no lo será. No obstante, yo lo confirmaría con un asesor fiscal, normalmente las declaraciones negativas también hay que presentarlas. Yo soy un contable, y para estas cosas suelo hacer caso de mi asesor fiscal, entiende que es muy complicado para una persona normal estar completamente al día

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