Contabilidad para profesionales

Buenos días. He comenzado a trabajar como comercial de una empresa y, por tanto, he de llevar un registro de las facturas.
Mi pregunta es la siguiente:
Me he comprado un ordenandor personal, que lo voy a utilizar tanto para éste tipo de trabajo como para otros menesteres, entonces, ¿qué importe de la factura puedo considerar que corresponde a mi actividad profesional? O puedo imputarla al 100%.
La misma duda se me plantea con las distintas facturas de la luz, el teléfono..., pues desarrollo mi actividad en casa y vivo con mi familia.
Muchísimas gracias por la atención que sé me va a prestar.

1 Respuesta

Respuesta
1
El ordenador tienes que incluirlo en lo relacionado con tu actividad profesional, puesto que un bien o activo no se puede fraccionar, lo que podrías es darlo en arrendamiento, si es que lo utilizas para otros conceptos.
En cuanto a las facturas estas si las puedes fracccionar, es decir imputas al gasto solo un porcentaje de estas, el porcentaje que consideres que se utiliza para generar renta en tu actividad profesional.
Esta respuesta te la doy asumiendo que en tu país se aplican los mismos conceptos que en el mio, por lo que es investigado es casi igual en todos los países.

Añade tu respuesta

Haz clic para o

Más respuestas relacionadas