Recargo apremio

Hemos pagado en el 2011 una complementaria del 110 del año 2008 de 239,07€ y también el 190 del mismo año con importe principal 330,58€ con recargo de apremio reducido de 33,06€ (total 363,64€). Lo he contabilizado así pero no estoy seguro de que sea correcto. Gracias anticipadas.
Mod. 110 (669) 239,07 a (475) 239,07
(475) 239,07 a (572) 239,07
Mod. 190 (669) 330,58 a (475) 363,64
(678) 33,06
(475) 363,64 a (572) 363,64
Respuesta
1
Al ser una declaración complementaria del mod 110 esas retenciones estarían contabilizadas pero pendientes de liquidar por lo que el asiento sería de la 4751 a 572 por 239,07; con respecto a la complementaria del mod 190 sería (4751) 330,58 al Debe (572) 363,64 al Haber y el Recargo de apremio (629.0 Gastos no deducibles fiscalmente) 33,06
El recargo de apremio es una sanción por lo tanto es un gasto no deducible

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