Emitir factura sin consentimiento

Quería informarme de qué pasa o qué consecuencias se derivan cuando para el caso siguiente:

Una empresa A debe a otra empresa B una cantidad de 1000€+IVA por unos planos NO comprobados. Pasan cuatro meses del vencimiento y no se paga, y en lugar de hablar de la situación para resolverla, la empresa A emite una factura a la empresa B por conceptos varios como por ejemplo 'Modificaciones varias y cambios de material por errores en los planos' por 2500€+IVA.

Hay qué entrar en una guerra de facturas por ejemplo, en que en respuesta de la empresa B a la A la empresa B emite otra factura a la A en concepto de asumir riesgos como 'Validación de planos' por 6000€+IVA?

Respuesta
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Una factura no es más que un documento formal, en el que se refieren una serie de bienes y/o servicios prestados entre A y B, en él la Empresa A detalla el precio y los impuestos de esos bienes y/o servicios a B, el total de la factura y el plazo de pago. Hasta ahí correcto. Pero la factura NO es el documento que certifica la prestación del servicio o la venta de la mercancía. Ante cualquier discrepancia, lo primero que hay que acreditar fehacientemente es precisamente eso: la prestación del servicio o la entrega del bien. Si no no hay deuda.

Aquí la duda que hay que responder es: ¿Tiene A acreditado el encargo de los trabajos por el precio facturado? Si es que si podrá hacer valer sus derechos e intentar cobrar, si es que no, lo tiene crudo.

Como vosotros sois B, la cosa es bien fácil. Ante la recepción de una factura NO conforme, lo que hay que hacer es comunicar a la empresa emisora por un medio fehaciente (comprobable para terceros) que la factura no es conforme y los motivos por los que no lo es. Eso basta para no tener que hacerse cargo de la deuda. Y si A quiere cobrar, que vaya al juzgado.

Hola, muchas gracias por su respuesta, es muy aclaradora. Solo una cuestión más si me permite: existe la posibilidad de ignorar por completo esa factura, el hecho en sí?

No me gustaría estar ahora haciendo movimientos, ni enviando cartas certificadas y ni nada por el estilo, simplemente la ignoraría, es correcto? Luego, contablemente y cara a hacienda tiene alguna consecuencia? En nosotros, la empresa B, ni se va a reflejar contablemente.

Gracias por adelantado.

Hombre, no entiendo qué mal os puede hacer enviar una carta certificada. Son 3,45 euros, si no recuerdo mal, y os puede simplificar la vida.

Lo que está claro es que para lo único que sirve una factura es para cobrar, y si no pensáis pagar, la única solución que le queda al emisor de la factura es reclamar en el juzgado, e igual ahí sí os viene bien tener un documento que acredite que ya avisasteis de que la factura no era correcta.

Pero tampoco pasa nada si dais la callada por respuesta.

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