Reforma inicial local arrendado

Hemos arrendado por 5 años un local que ha necesitado reforma. Aparte de pintura e instalación eléctrica/informática, se ha hecho una gran estantería integrada de madera y se han comprado cuadros, plantas y otros adornos. Querría saber la mejor manera de contabilizar todos estos elementos, si activandolas como inmovilizado material o como gasto a periodificar en los 5 ejercicios de vigencia del contrato.

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Como prefieras, ya que es lo mismo. Si lo metes en inmovilizado, tendrás que amortizar a los años de vigencia del contrato. Si lo periodificas como gasto a esos años, el resultado final será el mismo.

Ahora, a mí me gusta más la primera opción que la segunda.

El tema esta que si cojo la primera opción, tengo que hacer correcciones permanentes después del cierre contable del programa informático y de la segunda manera no. Ademas, si por cualquier cosa me voy antes del local, igualmente no recuperaría de ninguna manera el valor inmobilizado porque el local no es mio...

Si te vas antes del local, las cantidades no amortizadas las podrás declarar como gasto del ejercicio en el que dejes el local. De todas formas el criterio válido siempre será, en caso de comprobación, el que la Agencia Tributaria quiera considerar como válido. Yo te digo que el que yo te sugiero la Agencia Tributaria me lo ha dado como válido en una comprobación del I.ES. También te digo que yo soy contable, no experto fiscal. Como contable tanto da que da lo mismo, al final el resultado contable será el mismo, y los dos criterios cumplen. Pero veo más acertado el primero...

Ahora, si lo que vamos a tener en cuenta para adoptar nuestro criterio contable es el criterio fiscal, ya te digo yo que no soy asesor fiscal, así que no me pronuncio más allá de lo que ya he comentado.

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