¿Puedo salvar el coche estando ya en juicio?

Como te decía tengo una deuda del coche pero me exigen pagar la totalidad del préstamo y claro no tengo tal cantidad 20.000 euros lo que pasa es que me atrace en 5 cuotas y tenia que pagar 2000 euros para igualarme pero no tenia esa cantidad le ofrecí pagar la mitad y luego ir pagando el resto hasta igualarme. Pero el Abogado no quiso aceptar me dijo que pagase los 2000 euros o si no llegaba la sexta letra y tenia que pagar los 20000 del coche, intente bevolver el coche pero tampoco lo acepto porque dijo que en el contrato no se podía realizar la devolución del coche y claro ingrese la sexta letra pero no la pasaron y ahora estoy hablando con el abogado pero dice que tengo 2 opciones, pagar la totalidad del coche y me embarga la nomina que no se cuanto será y otra que lo devuelva y pague la diferencia del coche. Quisiera saber si se puede llegar a un acuerdo durante el juicio o antes para no perder el coche y si me embargan la nomina cuanto seria la cantidad.

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Hay varios factores a tomar en cuenta. El valor real del vehículo en precio de mercado. Usted puede abaratar costes de los intereses de demora, de las costas de abogado si las hay...
El embargo de nómina depende de lo que usted gane, estará en un 40% máximo de su renta neta. Igualmente hay que tomar en cuenta la cantidad que el Banco quiere que pague posteriormente a la entrega del vehículo.
Si fuera una financiera la que le financió, seguramente habrá hecho una reserva de dominio y esta dificulta la venta a un tercero, pues necesita de la aceptación de este.
No obstante, si el valor del vehículo es superior o igual a la financiación reclamada, puede oponerse a nuevos embargos e incluso le diría que existe un recurso en la Nueva LEC que permite solicitar el levantamiento del embargo sobre un bien que no cubre en valor la cantidad a cubrir, lo que facilita la negociación.
Pero hay como retomar las cuotas
Esto depende del Banco. Si le han notificado por escrito el cierre de las mismas, extrajudicialmente no es posible.
Si le demandan, aproveche la ocasión para personarse en el proceso, solicite un convenio o arbitraje ante el juez y si le apoya el Banco lo aceptará.
Lo que usted puede alegar es quebranto económico si la deuda del cochew no se recuperara con el embargo.
La nueva LEc estima que si el embargo trabado no cubre lo reclamado se debe proceder a levantarlo. Sabiendo esto, negocie y no lo de por perdido.
Para negociar bien es necesario decir poco. No le a entender que sabe mucho. Solo necesita saber el letrado contrario que está asesorado, que no va a permitir que le chuleen, pero acto seguido pfrezcale un acuerdo, y por escrito, no se olvide de esto.

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