Demanda judicial por impago

Buenas noches, actualmente tengo 2 contratos impagados de deudas con finanmadrid, uno de 10000 euros que ya esta vencido y otro de 7400 euros que vence en el 2012, hoy me han llamado de verifica un despacho de abogados, de finanmadrid diciéndome que iban a preparar de inmediato la demanda judicial, mi pregunta es
¿Cuánto tiempo pasa hasta que reciba la demanda judicial en mi buzón?
¿Es cierto que solo me pueden demandar por el crédito vencido?
Estoy a la espera de que me den abogada de oficio para declararme en suspensión de pagos por ello ¿me puedo acoger a la ley concursal en cualquier momento? Lo digo por el coste que esto tiene para hacerlo en cuanto me den definitivamente la justicia gratuita y,
por ultimo ¿qué me puede pasar si me llegan a embargar si solo tengo una nomina de 812 euros netos y otra más pequeña de 238 euros? Y tengo una hipoteca de mi piso que soy titular del 50% de mi vivienda y actualmente la hipoteca esta al día GRACIAS

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¿Tiempo hasta que se encuentra la notificación de la demanda? Puede que tres meses, pero depende del juzgado. Le pueden reclamar el préstamo vencido y el que está retrasado el banco le puede resolver, en cuyo caso, se lo reclamará igualmente.
Efectivamente puede acogerse a la ley concursal. Lo que hay que hacer es contemplar si está usted entre los requisitos para ello. Si lo está le admitirán el concurso y si no consigue usted un acuerdo con acreedores, se procederá a la liquidación de su patrimonio.
No me ha contestado a las otras preguntas, ¿qué porcentaje de mi nomina me embargarían? ¿Qué pasa con el 50%de mi vivienda si hay una hipoteca preferente que esta pagada hasta la fecha sin problema?
Habla como una perosna exigente, cuando al fin y al cabo estamos resolviendo cuestiones que ha planteado "by the face". Un poquito de por favor, ¿no le parece? ¿Pueden embargarle por lo que me dice unos 300?, sumando las dos nóminas.
En cuanto al piso, pague o no la hipoteca, su 50% es embargable, para el caso de que el copropietario del piso no le haya avlado, en cuyo caso se embargará el 100%. ¿Una vez embargado el 50%, ejecutarán la garantía? Según el caso.
Me parece que me esta vacilando, por lo de face como es posible que me embarguen unos 300 euros entre las 2 nominas porque de la nomina de 812 euros solo me pueden embargar 50 euros y la otra no llega ni al salario mínimo y lo de la propiedad explíquemelo en castellano ¿expertos? Son ustedes ¿expertos de que? Expertos de hablar sin fundamentos vaya con mediatoris...
No le estoy vacilando. Lamento que piense usted eso. Le aclaro la cuestión encantado. Usted está consultando su problema en este foro, porque quiere ahorrarse la minuta de un abogado. La página se llama todoexpertos, pero no nos consideramos unos expertos los que respondemos a estas cuestiones (al menos no me tengo en tal alta estima). Lo que le puedo garantizar es que al menos de esta temática, se algo más que usted, porque de lo contrario no estaría haciendo preguntas.
Lo que me parece es que cree que poder preguntar, le da derecho a exigir respuestas como si hubiera contratado un abogado. Su tono es poco respetuoso con el trabajo de los demás. El sistema informático (no desarrollado por mediatoris), permite solicitar una aclaración, e incluso que usted pueda preguntar a otro profesional si lo considera oportuno, al no quedar satisfecho con la respuesta del "experto". Pero exigir... usted no debe exigir nada, porque no ha contratado los servicios de nadie. Por tanto las respuestas son voluntarias y con el contenido que estimamos oportuno.
Dicho esto y refiriéndome a su caso, ha sido usted el que ha expuesto que tiene dos nóminas. Entiendo que son ingresos repercutibles a usted. Si ese es el caso, se equivoca pensando que solo le computará el primero (de mayor importe). El artículo 607.3 de la lec, establece que para el calculo de la cantidad a embargar, "serán acumulables todos salarios", ¿de modo que la cantidad que se usará como base para calcular la cantidad a embargar es 1.050? (La suma de las dos), en un 30% la cantidad que sobrepase el salario mínimo interprofesional.

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