¿Es un abuso...?
Lo primero quería darte las gracias por tu tiempo.
Están a punto de entregarnos a mi novia y a mí un piso de obra nueva con subrogación en el préstamo promotor. Las condiciones de dicho préstamo (domiciliación de nómina, diferencial y comisiones) aparecen adjuntas al contrato de compraventa en un papel del banco. Éstas son las características de la hipoteca que se nos dieron a conocer al firmar el contrato.
Ahora resulta que además del seguro obligatorio y del seguro de vida (que no me importa pagar...) me piden invertir una cuota anual extra (¿unos 1500? Al año) en fondos de inversión o en planes de pensiones. Me parece un abuso que me obliguen a invertir (más aún viendo cómo está la bolsa) o a abrir un plan de pensiones con 29 años.
El contrato dice que me subrogo al préstamo promotor en las condiciones que me han sido explicadas, que se adjuntan al final del contrato y que acepto. En ningún momento el contrato o la hoja del banco menciona lo de los fondos o los planes. Tan sólo dice que cuando escrituramos me convierto jurídicamente en deudor y "me subrogo no sólo en la garantía hipotecaria, sino también en la obligación personal y demás responsabilidades derivadas del préstamo hipotecario".
¿Puedo negarme a abrir dichos fondos de inversión o planes de pensiones sin que me suban el diferencial pactado (y que viene en contrato)?
Un millón de gracias, de verdad...
Están a punto de entregarnos a mi novia y a mí un piso de obra nueva con subrogación en el préstamo promotor. Las condiciones de dicho préstamo (domiciliación de nómina, diferencial y comisiones) aparecen adjuntas al contrato de compraventa en un papel del banco. Éstas son las características de la hipoteca que se nos dieron a conocer al firmar el contrato.
Ahora resulta que además del seguro obligatorio y del seguro de vida (que no me importa pagar...) me piden invertir una cuota anual extra (¿unos 1500? Al año) en fondos de inversión o en planes de pensiones. Me parece un abuso que me obliguen a invertir (más aún viendo cómo está la bolsa) o a abrir un plan de pensiones con 29 años.
El contrato dice que me subrogo al préstamo promotor en las condiciones que me han sido explicadas, que se adjuntan al final del contrato y que acepto. En ningún momento el contrato o la hoja del banco menciona lo de los fondos o los planes. Tan sólo dice que cuando escrituramos me convierto jurídicamente en deudor y "me subrogo no sólo en la garantía hipotecaria, sino también en la obligación personal y demás responsabilidades derivadas del préstamo hipotecario".
¿Puedo negarme a abrir dichos fondos de inversión o planes de pensiones sin que me suban el diferencial pactado (y que viene en contrato)?
Un millón de gracias, de verdad...
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Respuesta de pepepregunta
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