Busco consejo legal sobre la revisión de hipoteca por parte del baño y posible reclamación

Ruego me ayuden con el siguiente caso sobre mi revisión hipotecaria. Resulta que el 1 de enero tras la revisión anual me cobran la nueva cuota de la hipoteca para 2009.
Para ello debería tomarse si no me equivoco la media del euribor desde diciembre de 2007 hasta noviembre de 2008 (los 12 meses de la revisión), lo cual supone un interés variable para 2009 de 4.925%.
Bueno, pues el banco me envía una carta dicieéndome las nuevas condiciones después de la reveisión, indicando que el interés es de 5.248% !
Por otra parte al firmar la hipoteca el pasado año en las cláusulas me incluían 5 productos de bonificación independientes entre sí, por cada uno de los cuales en la revisión me bonificaban 0.05%:
- Tarjetas de crédito, seguro de vida, seguro de hogar, domiciliación de nóminas, plan de pensiones.
Excepto las tarjetas de crédito y el plan de pensiones que los anulé los otros 3 los sigo manteniendo, por lo que considerando que mi diferencial de salida era 1.1 ahora sería de 0.95. Repito los productoas de bonificación son independientes.
Resumiendo:
Capital pendiente: 169000 eu, plazo pendiente 39 años, y con las condiciones reales según mis cuentas la cuota sería de unos 920 euros, no de 975 euros como bien me dicen los incompetentes de Banesto (no es la primera que me hacen ya en un solo año que llevo con ellos).
¿Estoy yo en lo cierto o me equivoco?
¿Si lo negaran puedo acudir a algún sitio para poner algún tipo de queja?
Ruego ayuda rápida de algún experto en el tema, porque como mañana asome por el banco puede ser que aparezca en todos los telediarios.

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El tipo sobre el que se basan las revisiones dependerá de lo que hayas firmado en el contrato, en algunos casos es la media del euribor del año anterior pero puede ser perfectamente el tipo del mes de referencia, el último publicado,... En tu caso me parece que toman el euribor mensual del mes anterior a la revisión (en este caso octubre) que efectivamente se corresponde con el 5,248%, tal y como puedes comprobar aquí: EURIBOR
Así que ese punto puede no ser un error sino que no tuvieras claro la forma de cálculo, en cualquier caso me extrañaría que tuvieras un préstamo en el que el tipo de referencia fuera la media de los tipos del año anterior porque esa cláusula no suele ser habitual.
Lo mismo cuenta para las bonificaciones en el diferencial, mírate bien el contrato porque una cosa es lo que te cuenta el comercial de la oficina y otra lo que se firma. He visto en ocasiones al gestor vender una cosa y firmar otra diferente, en algunos casos el gestor que te ha atendido corrige lo que le mandan desde la central pero en otras pasan de todo una vez hecha la gestión y dicen que "viene de arriba", espero que te haya tocado uno del primer grupo.
Como el personal de la banca rota rápidamente muchas veces les importa nada quién se queda con los marrones que ellos dejan detrás así que te pueden haber prometido una cosa pero que hayas firmado otra diferente. Así que revisa el contrato para ver si las bonificaciones son independientes o no Y si se aplican al primer año, a varios o a todos.
Por último, si compruebas que el contrato dice lo que tu sostienes y que el banco no ha hecho bien los cálculos puedes dirigirte al servicio de atención al cliente del propio banco, suelen funcionar bastante bien a pesar de ser de la propia casa pero si a pesar de todo no te dan una respuesta satisfactoria la mejor opción es contactar directamente con profesionales en este tipo de casos y yo te recomiendo AUSBANC, llevan años rompiéndose los cuernos contra la banca y le han ganado en más de una ocasión.

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