Carta de pago

Recientemente terminé de pagar la hipoteca de mi vivienda.
Me han comentado que se suele formalizar en acto notarial un documento que se llama "carta de pago"
Te agradecería que me aclarases este tema: de que se trata exactamente, gastos que conlleva, notario, registro, impuestos, etc. ¿es conveniente u obligatorio?

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Felicidades por haber conseguido éste triunfo que muchos anhelamos para dentro de unos años (si Dios/Buda/Alá/Kali/Shiva quiere, vendo mi hipoteca/ruina/casa y me voy de alquiler).
Una carta de pago es un documento expedido por un acreedor en el que manifiesta haber recibido la cantidad de dinero debida por su deudor, lo que traducido equivale a:
" El banco me da un papel con un sello suyo indicando que la deuda que tenía con ellos está saldada".
Esto me lo envió una vez CETELEM ( ruina de financiera, nunca hagaís negocios con ésta "gente" ), pero no me cobró ni un clavel por ello, la envió por correo a expresa petición.
Otra cosa es que quieras mediante notario solicitar ésto, entonces tendrás que hablar con el director de la financiera, solicitarle éste documento ante notario público que designes, que lo único que hará es dar fe de lo presentado, nada más.
Llama a una notaría e infórmate en profundidad de costes y éstas historias, hasta ahí no llego yo.
Una vez más, felicidades.
Gracias por la aclaración.
Rápida respuesta y explicación muy aclara y fácil de entender.
Enhorabuena y gracias otra vez.

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