Sobre la dación de pago

Mi nombre es Esteban Occhione soy argentino y como mucha gente no puedo hacer frente a la hipoteca, me quede sin trabajo hace unos seis meses y estoy cobrando el paro, tengo un hijo de cinco años y a mi esposa que por suerte conserva su trabajo. El tema es que no podemos hacer más frente a las cuotas de la hipoteca hasta ahora estamos al día, en su día cuando me quede sin trabajo me fui inmediatamente al banco a hablar con mi banquero y fue cuando le comente que no podía hacer frente a la hipoteca .
El banco no quería saber nada de la dación de pago y yo les comente de que con esta crisis la vida para mi familia en España se había acabado yo ya no tengo nada que hacer aquí le comente de que me volvía a argentina y ellos me dijeron que lo ivan a averiguar pero de antemano ya me decían de que no saldría positivo que el banco no era una inmobiliaria y que me lo ivan a embargar, no se si mi banquero habrá hecho todo lo posible para negociar mi pedido pero a mi no me convenció quisiera saber si usted podría decirme que puedo hacer para llegar a un arreglo con el banco y poder irme tranquilo y sin deudas a mi país yo ya no tengo nada que perder mi situación aquí ya no tiene motivación ninguna.
Le estaré muy agradecido por su tiempo y si es tan amable de poder decirme como puedo hacer para que pueda devolverle la casa al banco, cuanto antes mejor y sin problemas para las dos partes .
No quiero irme a mi país teniendo deudas con España.
Muchas gracias y espero que me pueda responder en cuando usted pueda...

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Si realmente piensas volver a tu país, lo primero que tienes que hacer es dejar de pagar la hipoteca, ya que todo lo que pagues será dinero perdido, pues al final el banco se quedará con la vivienda. Ya que de momento lo que has demostrado al banco es que si puedes pagar la hipoteca, pues hasta el momento la has pagado.
Yo creo que si le planteas seriamente al banco tu situación y que te vuelves a tu país, te aceptarán una dación en pago de deuda. Por la sencilla razón de que si ejecutan la hipoteca por falta de pago, el resultado al final será el mismo (se quedarán con la vivienda), pero lo conseguirán mucho tiempo después y con muchos gastos que se ahorrarían con aceptar la dación en pago de deuda; eso si no tienes más patrimonio y la hipoteca no tiene avalistas.
Si no te aceptaran esta dación, actualmente estoy estudiando la viabilidad de realizar una dación unilateral para casos como los tuyos, pero aún estoy pendiente de la opinión de algunos juristas y de ver si hay jurisprudencia al respecto, aproximadamente en 1 mes creo que lo tendré visto, si para entonces no tienes solucionado tu problema, puedes volver a consultarme.
Suerte.
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Esteban:
           Para remediar tu situación no existen más que dos posibles, la venta de la vivienda y la dación en pago de la deuda, efectivamente.
Los bancos por si mismos no son inmobiliarias y la primera reacción de tu banquero debemos de entender que fue correcta tanto a los efectos de una posible desconfianza (averiguar si te marchas de veras) como de rechazar esa DACIÓN EN PAGO.
El problema radica en el "valor actual de la vivienda" tanto a la hora de vender como a la hora de que el banco se pudiera quedar la casa FINIQUITANDO TOTALMENTE LA DEUDA.
Para los bancos no es una buena solución quedarse la vivienda liquidando la deuda porque tienen les estas trasladando tu problema (la futura venta), pero dadas las circunstancias quizás les pueda resultar buena en tu caso, ya que si te marchas ellos tardaran unos meses en cobrar cuando se subaste y ejecute el embargo, pero a ellos que tienen el dinero y el tiempo les importa poco, sin embargo tu siempre tendrás algo pendiente en españa y que te cerrara todas las puertas financieras caso de que algún día pudieras volver a necesitarlas, ademas de que la deuda en si misma se engrandecerá por las costas judiciales (abogados, procuradores y otros gastos) que suelen ser de elevada cuantía.
Mi sugerencia es que si tu banquero como dices (que sera el director de alguna oficina) no acepta, es posible que sea por iniciativa propia y quizás personandote en la central de ese banco y exponiendoles la situación con la misma seriedad y firmeza, los superiores de tu banquero aceptaran esa fórmula de la dación y saldaras el asunto, eso siempre que el valor de la vivienda actual sea acorde a la deuda pendiente.
Intentalo, suerte.
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El tema es complicado. La dación en pago es una alternativa límite y los bancos la aceptan cada vez menos puesto que ya se están quedando con muchas viviendas y, es cierto, el banco no es una inmobiliaria.
Las alternativas son intentar vender su vivienda por el precio de lo que le queda a usted pendiente de hipoteca o bien volver a hablar con su entidad e intentar llegar a un acuerdo. Si su mujer sigue trabajando aquí es posible que en el banco no se acaben de creer que usted va a volver a su país y estén intentando llegar a algún otro tipo de acuerdo como prolongar los años de hipoteca para reducirle la cuota y seguir pagando.
También debe tener en cuenta si, en su momento, alguien le avaló en la hipoteca puesto que pueden ir contra los avalistas en caso de que usted deje de pagar o se marche del país.
En cualquier caso, la situación es complicada, la dación en pago no es obligatoria para la entidad. Si lo desea puede contactar con Facua (asociación sin animo de lucro para defender a los consumidores) o con Ausbanc (asociación de usuarios de banca) para ver si ellos conocen alguna otra alternativa o si legalmente se puede forzar a la entidad a aceptar la dación en pago en caso de que usted deje el país.
Espero haberle ayudado. Suerte.
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Disculpe la demora en contestatar pero en estas fechas no me es posible dedicar todo el tiempo necesario a responder las consultas del foro.
Respecto a su consulta la dación en pago se produce cuando se entrega un bien en concepto
de pago total o parcial de la deuda contraída. En caso de un préstamo
hiptecario se produce normalmente cuando se pacta con el acreedor la
entrega del bien hipotecado en concepto de pago. El acreedor debe aceptar expresamente dicha entrega del bien y no tiene ninguna obligación a aceptar dicha forma de pago.
Por tanto, todo depende de la voluntad negociadora que tenga la Entidad al respecto si bien como le indicaron las entidades financieras ni quieren ni legalmente pueden dedicarse al negocio inmobiliario por lo que les resulta complicado quedarse las viviendas en concepto de pago ya que tienen limitada legalmente el número de inmuebles que pueden adjudicarse para evitar que especulen a la hora de otorgar préstamos a sabiendas de que no podrán pagarse con el objeto de adquirir dichas viviendas por precios inferiores a los de mercado.
Si no llega a un acuerdo con su entidad o con una tercera que le refinancie (lo cual es muy complicado dada su situación) inicieran la vía ejecutiva y procederán a embargarle la vivienda para subastarla y con los beneficios obtenidas de las misma cobrarse totalmente o parcialmente la deuda. Dadas sus actuales circunstancias y sus deseos de regresar a su país de origenla Entidad tiene pocas opciones ya que ni la subasta ni la dación en pago le permitirían probalmente recuperar el total de la deuda pero tampoco tienen muchas más opciones salvo que se presten a facilitarle el pago renegociando el préstamo.

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