Oferta Vinculante, ¿Subrrogacón o cancelación?

En una oferta vinculante que comisión te debe aplicar tu entidad la de cancelación o la de subrogación.
En mi hipoteca actual con la Caixa tengo un 0% en la cancelación tanto parcial como total y un 1% en la subrogación que esto ultimo no me han modificado de mi anterior hipoteca en Cajamadrid que a través de una oferta vinculante me lleve a la Caixa.
Ahora con Cajaespaña le hacemos una oferta vinculante a la Caixa. Mi duda es si La Caixa me tiene que cobrar una cancelación o una subrogación ya que entiendo que lo que hace La Caixa es realmente una cancelación.
Si esto no fuese así y se me aplicara la subrogación que me deberían aplicar el 1% que viene en la hipoteca original de Cajamadrid y por lo tanto en La caixa ya que no se modifico como hicimos con la cancelación para ponerla a 0% o un 0,5% ya que se firme con la caixa en Julio del año 2003 y creo que había una ley abril del 2003 que fijaba en un máximo de un 0,5% la comisión máxima que podía cobrar la entidad para las canelaciones y no se si también para las subrrogaciones.

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En una subrogación el préstamo SE CANCELA pero solo a efectos económicos del banco y por eso no se toma NUNCA como cancelación y no pueden aplicar más de la comisión que marca LA LEY y que es del 0,50%.
Esa comisión de subrogación que tu lees es la referida para el caso de que tu VENDAS tu vivienda y el comprador SE SUBROGUE en la hipoteca.
Perdona indicas que la subrogación no se aplica en este caso, entonces porque concepto me aplicarían ese 0,50% que indicas que me aplicarían por ley.
No se si para este caso de oferta vinculante hay en esta ley de hipotecas algún concepto diferente e subrogación o cancelación ya que si subrogación no se aplica y por cancelación es 0% lo que tengo firmado se me escapa lo del 0,50%.
Gracias por anticipado
Un saludo
El 0,50% es por la subrogación, es decir por irte a otro banco, es lo máximo que te pueden cobrar por ley según las fechas en que dices has ido subrogando por eso.
Me ha parecido unas respuestas que me han resuelto mis dudas, por lo tanto de gran ayuda aunque creo que debería incluir la hipoteca una clausula que indique la penalización por cambio de entidad y así no lleve a engaño.
Un saludo de nuevo y muchas gracias por tu ayuda.

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