Nueva ley para comisiones de cancelación
Me llamo Angel Galán, y en estos momentos estoy estudiando las diferentes ofertas bancarias para realizar una subrogación de mi hipoteca.
En lo que a la comisión por cancelación de la hipoteca, hasta ahora, los bancos/cajas no podían cobrar más de un 1% del valor de la hipoteca.
En el BOE del 26 de Mayo del presente, artículo 19 de Jefetura de Estado en las Disposiciones Generales (link: http://www.boe.es/boe/dias/2003-04-26/pdfs/A16223-16238.pdf) sale una ley que modifica este 1% al 0.5%. El problema está en la interpretación de este decreto, hay sitios donde se entiende que es con carácter retroactivo y otros donde no, aunque se que normalmente, los decretos-ley no suelen ser de carácter retroactivo, creo que no queda muy claro. Incluso en la asesoría jurídica de la OCU de la cual soy socio, no se terminan de poner de acuerdo. Te agradecería una opinión ya que entiendo que tu interpretación de la leyserá sustancialmente mejor que la mía.
En lo que a la comisión por cancelación de la hipoteca, hasta ahora, los bancos/cajas no podían cobrar más de un 1% del valor de la hipoteca.
En el BOE del 26 de Mayo del presente, artículo 19 de Jefetura de Estado en las Disposiciones Generales (link: http://www.boe.es/boe/dias/2003-04-26/pdfs/A16223-16238.pdf) sale una ley que modifica este 1% al 0.5%. El problema está en la interpretación de este decreto, hay sitios donde se entiende que es con carácter retroactivo y otros donde no, aunque se que normalmente, los decretos-ley no suelen ser de carácter retroactivo, creo que no queda muy claro. Incluso en la asesoría jurídica de la OCU de la cual soy socio, no se terminan de poner de acuerdo. Te agradecería una opinión ya que entiendo que tu interpretación de la leyserá sustancialmente mejor que la mía.
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