Subrogación con enervación
Le agradecería pudiera responderme a la siguiente situación en la que me encuentro:
He recibido enervación, sobre una subrogación, la cual por tanto paraliza esta última.
Me indican que me ponga en contacto con la entidad para establecer Notario día y hora para firmar la novación modificativa.
Tienen que enviarme obligatoriamente por escrito la oferta vinculante que proponen, y que iguala o mejora, ¿la oferta vinculante presentada por la entidad dispuesta a subrogarse? ¿Qué ocurre si no la envía y que medidas puedo adoptar entonces? Que plazo tienen, ¿pues enervaron el 19 de Junio?
Además tengo un suelo en la hipoteca que firmé en su día, ¿este suelo prevalece a la igualación o mejora que propone la entidad dispuesta a subrogarse? En la oferta vinculante que firmamos para la subrogación no hace mención a ningún suelo, ya que esta entidad no tiene esa clausula.
Si en la novación modificativa, en el caso de emitirla, no hace referencia a ningún suelo, significaría por tanto que no tiene, puesto que al ser novación, se suponen nuevas condiciones, ¿y dejarían de tener valor las clausulas de la escritura originaria?
Espero haberme explicado bien, si no es así, a su disposición.
He recibido enervación, sobre una subrogación, la cual por tanto paraliza esta última.
Me indican que me ponga en contacto con la entidad para establecer Notario día y hora para firmar la novación modificativa.
Tienen que enviarme obligatoriamente por escrito la oferta vinculante que proponen, y que iguala o mejora, ¿la oferta vinculante presentada por la entidad dispuesta a subrogarse? ¿Qué ocurre si no la envía y que medidas puedo adoptar entonces? Que plazo tienen, ¿pues enervaron el 19 de Junio?
Además tengo un suelo en la hipoteca que firmé en su día, ¿este suelo prevalece a la igualación o mejora que propone la entidad dispuesta a subrogarse? En la oferta vinculante que firmamos para la subrogación no hace mención a ningún suelo, ya que esta entidad no tiene esa clausula.
Si en la novación modificativa, en el caso de emitirla, no hace referencia a ningún suelo, significaría por tanto que no tiene, puesto que al ser novación, se suponen nuevas condiciones, ¿y dejarían de tener valor las clausulas de la escritura originaria?
Espero haberme explicado bien, si no es así, a su disposición.
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Respuesta de nacholon
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