Clausula por novación. Hipoteca

Recientemente mi actual entidad ha igualado una Oferta vinculante presentada por otro banco. Se ponen en contacto conmigo y me comunican su intención de enervar la Oferta. En mi Escrituras hay una clausula del 0,5% del principal, o limite vigente de la operación, en concepto de modificación de condiciones o garantías a solicitud del prestatario. Pues bien yo entiendo que esta clausula se aplicaría en caso de Novación pura y dura o sea que yo realmente solicito pactar directamente con el banco. En mi caso se trata de una enervación de una subrogación y por lo tanto mi banco está igualando para no perderme como cliente, ¿pero tengo que pagar este 0,5%?.
Si es así que significa (o limite vigente de la operación).

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Como no tengo la escritura nole puedo interprestar la cláusula. No obstante si encuentra la expresión "modificación de condiciones", podría referirse a la novación que es una modificación de las condiciones... No puedo decirle nada más sin leerlo.
Le copio literalmente: También devengará en concepto de modificación de condiciones o garantías ( cambio en los valores de la garantía, tipo de interés a solicitud de l prestatario, plazo de la operación o periodicidad de la amortización) el 0,5 por ciento sobre el principal o limite vigente de la operación.
Está claro que esto es para una Novación, en el caso que yo estuviese pactando amistosamente con el banco. Pero mi caso quiero pensar que no es este, ya que se trata de igualar una oferta de otro banco, sería enervar una subrogación. Por tanto al final hay una modificación pero no es porque yo la pida sino que la hacen para no perderme como cliente. ¿Estoy en lo cierto? Aparte de tener que quedar con unos incompetentes no quiero tener que pagar!
¿Cómo es el proceso de la enervación, me tienen que comunicar por escrito? Solo me ha llamado mi banco para decirme que van a enervar. ¿Tengo yo que ir? ¿Qué plazo hay?
Usted quiso subrogarse a otra entidad financiera, ¿por qué? Para abaratar su hipoteca. ¿Solicitó una modificación de la suya anteriormente?
Sobretodo porque estoy harto de engaños y trucos para sacarme más dinero por esto quiero irme. Solo hablamos de quitarme el suelo hipotecario y se echaron a reír, por lo tanto formalmente yo no he pedido ninguna modificación.
Obviamente lo ha hecho en otra entidad y la ley otorga a su banco la posibilidad de mejorar la propuesta. La petición de mejora cambia y su banco la única opción posible que tiene no es la subrogación sino la modificación de la misma.
¿Cómo cree usted que se realiza? Cree que tiene que rellenar un cuestionario, ¿mandar un escrito por burofax? Si no quiere usted modificar la hipoteca, puede hacerlo, en las condiciones en las que está. ¿Quiere usted ahorrarse dinero? Ha de elegir entre subrogarse o modificar la suya.
Evidentemente sí quiero las nuevas condiciones y también entiendo que yo tenga que pagar unos gastos de notaria y de registro pero considero abusivo aplicar esta penalización del 0,5% cuando yo realmente no les pido que igualen la oferta vinculante si lo hacen es porque les interesa, no les estoy forzando a nada, es su voluntad. Yo estaría encantado de que no enervaran. ¿La ley debe de protegerme de estos abusos no?
Me podría orientar del proceso de la enervación. Muchas gracias por sus respuestas.
Yo comprendo lo que usted me quiere expresar. Pero lo firmado en el contrato, es lo que prevalece. Este le permite al Banco cobrar si usted modifica las condiciones. Se supone que usted gasta menos con esta fórmula que si se subroga.
Si prefiere usted la subrogación a la nueva Entidad Fiananciera, quizás sean ellos los que mejor le pueden orientar. Al fin y al cabo son los que se han gastado por la operación financiera.

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