Compra de Vivienda en el cambio del IVA

Le paso a exponer mi pregunta a ver si puede ayudarme.
Resulta que el 15 de mayo 2010 hago un contrato de compra-venta con una promotora (vivienda nueva VPO) por la compra de un piso. En el contrato me indica reflejado en uno de los artículos que el precio de la vivienda es tal.. Con el iva 7% aplicado actualmente.
He estado dando dinero a cuenta a la entrada, luego letras hasta la entrega de llaves.
Y ahora en mayo del 2011 nos proponen escriturar la vivienda para la entrega de llaves. Y la promotora me indica que tengo que pagar una parte del importe al 7% y el resto al 8%.
Mi pregunta es: Si el contrato compra-venta firmado por ambas partes indica el precio de la vivienda al 7%, ¿es cierto que tengo que pagar una parte proporcional al 8%? Todavía no he escriturado, tan solo dispongo del contrato de compra-venta.
En espera de su respuesta.

2 respuestas

Respuesta
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Si, porque ha subido el impuesto, si bien la subida no tiene efectos retroactivos. La promotora entiende que el grueso de la compraventa debe pagarla al 8% valor actual y al 7% lo pagado con anterioridad.
Pregunte a un asesor fiscal si es lo correcto, yo no soy un experto en fiscalidad.
Respuesta
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El tipo de IVA aplicable es el vigente en la fecha en la que se produce cada operación, por lo tanto es legal que la operación se escriture al 8%. De hecho normalmente todos los contratos de precio aplazado (como es el que tu has firmado) suele incluir una clausula que indica que el IVA aplicable a cada vencimiento será el vigente a la fecha, para informar y cubrirse de esta variación de IVA.
Gracias por contestar.
No incluye ninguna clausula por cubrirse del cambio del IVA.
¿Entonces el contrato de compra-venta no tiene ninguna validez en cuanto a la escritura?
Por lo tanto si así fuera, si yo en contrato había firmado que el banco hipotecario fuera Caja Madrid y ahora deseo que fuese otro banco .. ¿a la hora de escriturar podría modificarlo?
No hace falta indicar esta clausula en el contrato ya que los impuestos no son potestad de los contribuyentes, es Hacienda quien establece que a partir de un determinado momento se cobre un tipo impositivo u otro.
Un ejemplo, imaginate que Telefónica no incluye esta clausula, entonces tendría que seguir cobrando a sus abonados el 16% y pagar a Hacienda el 18%.

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