Escritura de un piso

Hola:Referente al Pago y cancelación de la Hipoteca de mi piso.
He realizado los siguientes pasos personalmente:
-Solicitud de escritura de cancelación del préstamo hipotecario al Banco.
-Cancelación de la Hipoteca al Notario.
El Notario ma da una Copia Simple después de pagarle sus honorarios.
Con esta Copia Simple hago los siguientes pasos:
-Registrar documentalmente en el Ministerio de Economía y Hacienda el ITPAJD Mod.600.
-Ir al Registro de la Propiedad y registrarla. Después de un tiempo me la dan registrada y pregunto:¿Esta Copia Simple es la Escritura de mi piso o la Escritura verdadera siempre la conserva el Notario?, y ¿Si la Notaria desaparece a donde me dirijo cuando la necesite?.
Gracias por atenderme.
Respuesta
1
Los pasos que ha realizado son totalmente correctos. La Copia Simple tiene la misma validez que la original. El Notario siempre guarda copia de una escritura por el número de protocolo (si se fija bien lo verá en su Escritura). Si un Notario cierra por cualquier motivo, debe traspasar su"histórico de protocolo" a otro Notario de su misma población para que este lo conserve, de esta manera nunca se pierde.

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