Aspectos legales compra - venta vivienda
Me gustaría hacerte una consulta si fuera posible. Te pego la consulta que realicé y que nadie me ha contestado por el momento. Gracias. Un saludo.
El 15 de octubre del año pasado reservé una vivienda ya construida y terminada (urbanización de 24 adosados. Adosados de 4 dormitorios por 180.000 € y adosados de 5 dormitorios por 215.000 €) a través de una inmobiliaria mediante un contrato de arras con una señal de 3.000 €. Señal que la inmobiliaria entregó a la empresa según un documento acreditativo que me entregaron firmado por el apoderado de la empresa propietaria de las viviendas. En este contrato que comento, el precio de la vivienda un adosado de 4 dormitorios, quedó fijado en 180.000 €. En el contrato de arras, se indicó que la entrega de la vivienda y la firma de la escritura se haría en un máximo de 60 días, ya que no tenían aún la cédula de habitabilidad. Durante todo ese tiempo, me puse en contacto en reiteradas ocasiones tanto con la inmobiliaria como con la empresa que vende las casas para interesarme, ya que pasaban los días y no se pronunciaban. En la empresa me han dicho siempre que la cédula estaba pedida al ayuntamiento y desde el ayuntamiento me decían que la cédula no se iba a conceder hasta que lo que es la urbanización estuviera terminada(alfaltado, farolas, bancos, etc). Desde octubre del año pasado he estado renovando este contrato cada dos meses con la inmobiliaria. La última renovación de este contrato de arras vence a mediados de junio y me indicaron a primeros de mes desde la constructora que no estaría la documentación hasta dentro de unos meses. Bueno..., pues, hace dos días, por casualidad, echan en mi buzón un folleto publicitario de la entidad bancaria donde estas viviendas tienen hipoteca, y en donde se publicitaban los mismos adosados que en octubre del año pasado reservé, la misma urbanización. Sin embargo, el precio de una vivienda igual que la mía, un adosado de 4 dormitorios ahora es de 165.000 €(15.000 € menos) y un adosado de 5 habitaciones ahora estaba en 185.000 € (30.000 € menos que antes). Y lo que he hecho es reservar con una señal un adosado de 5 habitaciones por 185.000 € para anular la reserva primera que me vence ahora en junio por incumplimiento de contrato.
Esto mismo que os comento lo hablé en la entidad bancaria una vez que hice la reserva del nuevo adosado, el de 5 habitaciones. La entidad se puso en contacto con la constructora y le pusieron pegas al respecto.
Me gustaría saber si llegado el momento la constructora podría negarse a vender la nueva vivienda que he reservado(la de 5 dormitorios) y si, igualmente, podría negarse a devolverme los 3.000 € de la primera reserva que me vence ahora en junio.
Y llegado ese caso, qué medidas legales podría emprender contra ellos.
El 15 de octubre del año pasado reservé una vivienda ya construida y terminada (urbanización de 24 adosados. Adosados de 4 dormitorios por 180.000 € y adosados de 5 dormitorios por 215.000 €) a través de una inmobiliaria mediante un contrato de arras con una señal de 3.000 €. Señal que la inmobiliaria entregó a la empresa según un documento acreditativo que me entregaron firmado por el apoderado de la empresa propietaria de las viviendas. En este contrato que comento, el precio de la vivienda un adosado de 4 dormitorios, quedó fijado en 180.000 €. En el contrato de arras, se indicó que la entrega de la vivienda y la firma de la escritura se haría en un máximo de 60 días, ya que no tenían aún la cédula de habitabilidad. Durante todo ese tiempo, me puse en contacto en reiteradas ocasiones tanto con la inmobiliaria como con la empresa que vende las casas para interesarme, ya que pasaban los días y no se pronunciaban. En la empresa me han dicho siempre que la cédula estaba pedida al ayuntamiento y desde el ayuntamiento me decían que la cédula no se iba a conceder hasta que lo que es la urbanización estuviera terminada(alfaltado, farolas, bancos, etc). Desde octubre del año pasado he estado renovando este contrato cada dos meses con la inmobiliaria. La última renovación de este contrato de arras vence a mediados de junio y me indicaron a primeros de mes desde la constructora que no estaría la documentación hasta dentro de unos meses. Bueno..., pues, hace dos días, por casualidad, echan en mi buzón un folleto publicitario de la entidad bancaria donde estas viviendas tienen hipoteca, y en donde se publicitaban los mismos adosados que en octubre del año pasado reservé, la misma urbanización. Sin embargo, el precio de una vivienda igual que la mía, un adosado de 4 dormitorios ahora es de 165.000 €(15.000 € menos) y un adosado de 5 habitaciones ahora estaba en 185.000 € (30.000 € menos que antes). Y lo que he hecho es reservar con una señal un adosado de 5 habitaciones por 185.000 € para anular la reserva primera que me vence ahora en junio por incumplimiento de contrato.
Esto mismo que os comento lo hablé en la entidad bancaria una vez que hice la reserva del nuevo adosado, el de 5 habitaciones. La entidad se puso en contacto con la constructora y le pusieron pegas al respecto.
Me gustaría saber si llegado el momento la constructora podría negarse a vender la nueva vivienda que he reservado(la de 5 dormitorios) y si, igualmente, podría negarse a devolverme los 3.000 € de la primera reserva que me vence ahora en junio.
Y llegado ese caso, qué medidas legales podría emprender contra ellos.
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Respuesta de elena__
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