Piso embargado con alquiler posterior al expropietario

Me ha interesado un piso que he encontrado a través de un pagina de una inmobiliaria de un banco. Este piso lo venden por un precio algo más rebajado (pero tampoco es un regalo).
La cuestión es que me ha chocado bastante cuando he llamado para interesarme por las condiciones, las cuales me han interesado bastante (diferencial, te dejan la posibilidad de pagar solo intereses durante los 5 primeros años... Etc) y me dicen que en el piso actualmente están vivivendo los antiguos propietarios, quienes al no poder hacer frente a los pagos, han negociado un alquiler con el banco (supongo, esto no me lo han dicho claro) que será para ver si pueden recomprarlo con posterioridad. A mi lo que me han dicho es que todavía no tenian información sobre la duración del contrato de arrendamiento, pero que en cualquier caso, si lo compraramos, tendríamos que esperar a que venciese el contrato de arrendamiento.
Y lo que yo pregunto, si esto es así...¿por qué lo intentan vener a un nuevo comprador... Que seríamos nosotros? ¿En el caso de comprarlo, y suponiendo que el cto de arrendamiento durase 1 año, podriamos hechar a los inquilinos sin problemas, o se podrían oponer? ¿No es verdad que legalmente, estos tienen un derecho de compra preferente antes que nosotros y nos podrían ocasionar problemas posteriormente?
Es un inmueble que nos interesa, ya no tanto por el precio, sino por las ayudas a la hora de financiarlo. Es por eso por lo que le estoy dando tantas vueltas. Este mismo piso, si me lo vende un particular, nunca podría hacer frente a la deuda.

3 respuestas

Respuesta
Pues lo primero es saber si tienen contrato de alquiler y las condiciones... eso es una cuestión que les ha de solucionar el banco... Puede que en el contrato, se haya incluido una clausula de renunica al derecho de tanteo para la venta, pues ya se les ha embargado la vivienda a ellos por no poder pagar... En cualquier caso, segurmanete tendrán una deuda importante y no podrían pagar la compra de la vivienda, con lo cual no podrían ejercer ese derecho...
Agradecemos valoración de la respuesta.
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Las reflexiones que usted hace son acertadas. Si existe un alquiler, hay un derecho de tanteo y retracto. No obstante se puede llegar a comprar si notificado el inquilino no lo ejerce.
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Pues es perfectamente posible, y el banco posiblemente quiera venderlo porque lo que quiere es quitarse el piso de encima e ingresar un dinero, ten en cuenta que es un banco, no una inmobiliaria, y probablemente no quiera convertirse en casero.
Ahora, es verdad que si el piso tiene un contrato de arrendamiento vigente y tú compras el piso, estarías obligado a respetarlo, no por un año (aunque el contrato firmado sea de un año), sino un total de cinco anualidades según la actual lau.
Desde luego, si quieres el piso como inversión, puede merecer la pena, ahora, si lo quieres para utilizar como vivienda, creo que no tanto porque los inquilinos van a querer quedarse el máximo tiempo que puedan, y eso van a ser 5 años. Además, ten en cuenta que es una familia con problemas de pago (puesto que el banco se ha quedado con el piso) y eso puede darte quebraderos de cabeza a medio plazo.

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