Dación en pago.

Buenas tardes y agradecer de antemano la labor humanitaria que hace aclarando dudas a personas que económicamente no podemos pagar un abogado.

Hace una semana que hablé con el director de Caixa, porque mi situación se hace insostenible, gano 420 € y mi hipoteca es de 489 €, solicitando dación en pago. Me dijo que dejara de pagar las siguientes mensualidades, reúno los requisitos de exclusión social, donde me la pueden conceder. Tengo avalistas, pero ambos, están en desempleo y uno de ellos sin prestación, por lo que en este caso, tampoco creo que sea inconveniente.

El director me dijo que llevara escritura de "compraventa" de la vivienda, mi consulta es:

el piso se compró en 2001 por 35.000 €, luego compré un local 40.000 €, en 2007 cuando aun estaba casada hicimos una ampliación del préstamo del piso a 96.000 € pagando con esto el local y teniendo una sola cuota de 489 € (hipoteca actual). Las hipotecas primeras se cancelan.

Yo me separo en 2009, y me quedo con esa hipoteca de 96.000 € con las mismas condiciones. Tengo unas escrituras de 2007 donde indica "ESCRITURA DE PRÉSTAMO CON GARANTÍA HIPOTECARIA" y luego en 2009 una "LIQUIDACIÓN CONYUGAL " a efectos de subasta, donde se valora por el 170 % del capital principal, ¿tendrán en cuenta la última hipoteca del 2007?

se valorará sobre 96.000 € que es el crédito concedido en esa fecha?

Muchas gracias por su atención

Un saludo.

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Verá, con la información que me facilita usted, no entiendo el problema. Entiendo que usted intenta una dación en pago, pero no me aclaro con la hipoteca y los bienes.

No obstante, le simplifico el asunto. El valor que debe tomar en cuenta usted a efectos de negociar la posible dación en pago, es el valor a efectos de subasta que figura en la escritura de préstamo hipotecario. Si el préstamo que está en vigor fue modificado, se habrá fijado un valor a efectos de subasta que es el que usted ha de tomar en cuenta.

En las escrituras últimas después de mi separación consta que en caso de subasta se valorará en el 170 % del valor principal ( entiendo como valor principal el capital concedido 96.000 € ) de los cuales debo 87.600 €, porque el valor de tasasión es de 140.000 €.

No, la tasación sería de 163.200 €, (170% del principal del préstamo, 96.000 €).

Buenas tardes, sí eso es, me refería a que tengo una tasación del año 2007 realizada por 140.000 €.

A efectos de subasta el 170 % de 96.000 € sería 163.200 €, si el banco se la queda por el 60 % estaría salvada, o sea sería factible saldar la deuda con la entrega del piso.

60% de 163.200 € sería 97.920 €. Lo que ocurre, según la PAH, (Plataforma de afectados por la hipoteca) a la que asistido a una asamblea, es que el banco, al recoger la documentación, te deja sin negociar durante meses, con lo cual, la deuda va aumentando, intereses etc.... esa es la estrategia que utiliza.

Sí, es una estrategia...

Le agradezco mucho el tiempo empleado, la verdad es que la ley actual no ayuda mucho, ya que es un trato privado entre el banco y cliente. Muchos compañeros de la PAH se han gastado el dinero en abogados y no han podido resolver nada, ya que , el banco hace lo que quiere. Un saludo y enhorabuena por su labor.

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