Compra de piso al 50%. ¿Qué riesgos existen en caso de impago de hipoteca por una de las partes?

Somos un matrimonio en régimen de separación de bienes. En un principio queremos comprar un piso al 50%. Por circunstancias, uno de los cónyuges dispone del dinero de toda su parte de la compra del piso. Así pues, se plantean dos opciones:

1.- Que la parte que dispone del dinero, aporte el 50% del valor del inmueble, en concepto de entrada de piso. La otra parte se haría cargo del pago de la hipoteca en los años sucesivos.

En caso de que el cónyuge encargado de la hipoteca, en un supuesto futuro, no se hiciera cargo de la misma. ¿Existe riesgo de que el cónyuge que ya ha aportado el 50% pierda el piso? ¿Es posible crear un documento ante notario que libere del pago de la hipoteca a la parte que ya ha aportado su dinero?

2.- Pago a medias del 100% del piso en hipoteca conjunta. Lo que supondría una hipoteca mucho más alta y con un pago más elevado de intereses.

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Respuesta

Se abone como se abone la vivienda, y se pida como se pida el importe de hipoteca, ésta última gravará la totalidad del inmueble, por lo que el impago de cualquiera de las cuotas comprometerá la responsabilidad de ambos propietarios con todos sus bienes presentes y futuros y el 100% del inmueble.

Un documento que libere del pago de la hipoteca a uno de los propietarios no tiene efectos frente al banco por lo que es mejor evitar ese coste.

Si precisa de más información puede dirigirse al siguiente correo electrónico: [email protected].

Carmen Giménez García. Abogado y Agente de la Propiedad Inmobiliaria.

Le ruego finalice la pregunta y haga la valoración que estime oportuna para que no se me quede pendiente.

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