Impuestos socio aporta dinero a sociedad

Quisiera saber, qué impuestos tienen que tener en cuenta, si un socio presta dinero a una sociedad de nueva creación, hasta que la sociedad se vaya desenvolviendo. He oído que hay que formalizarlo. Valdría con un documento interno entre ellos, o hay que ir a notaria, registro,...

1 Respuesta

Respuesta
1
Deberías ingresar una retención del 15% sobre los intereses.
Dado que los intereses solo los pagáis a final de año, que quede muy claro en el contrato de préstamo, para que no os digan nada en Hacienda, pues lo normal es entregarlos mensualmente y hacer la declaración trimestral de la retención.
Atentamente,
rch01
Si sigo calculándolos cada año, la retención la debería ingresar el 20/01/0x.? ¿Qué modelo se utiliza para esta retención?. En el documento está puesto que los intereses se calculan anualmente, ¿crees conveniente cambiarlo a una periodicidad inferior? ¿Qué riesgo tiene seguir haciéndolo como hasta ahora? Muchas gracias por tu atención.
Si un socio presta dinero a una sociedad se entiende que es una operación vinculada.
Para empezar habría que realizar un documento. No es necesario que haya pasado por Notario, aunque si legitimáis las firmas ante Notario no sobraría.
El préstamo podría pactarse que fuera sin intereses, por lo que no tendría efecto en la Renta del socio que presta.
Ahora bien, si se presta sin intereses, es muy posible que, al ser una operación vinculada, Hacienda requiriera a socio-sociedad y aplicara el interés legal del dinero, pues en operaciones vinculadas no admite otra posibilidad.
Por lo tanto, legalmente, debería documentarse el préstamo con sus correspondientes intereses, y el efecto fiscal de esto para el socio sería que en renta debería imputarse los intereses recibidos como rendimientos del capital mobiliario.
Atentamente,
rch01
Muchas gracias. Se ha hecho un documento interno, y se ha pactado que la sociedad pagará los mismos intereses, que en ése momento esté pagando a una entidad financiera. En la sociedad lo considero gasto financiero, y en el empresario, lo tengo en cuenta como ingreso para la renta. El calculo de los intereses lo hago a final de año, no al trimestre como normalmente las entidades financieras.No sé si al ser temas financieros, lo debería calcular p.ej. cada tres meses, ¿incluso ingresar retención?
Muchas gracias. Agradezco mucho tu atención.
Perdona que haya tardado tanto en responderte.
El modelo que debe presentarse es el 123.
Dado que declaráis claramente en el contrato que los intereses se pagan de forma anual (entiendo que en diciembre) deberías presentarlo en enero.
El único problema es que en el momento que lo presentes (antes debes hacer 036 diciendo que tienes obligación de presentarlo) Hacienda entenderá que tienes obligación de presentarlo cada trimestre, por lo que, aunque resulte pesado, en enero tendrás que hacer la baja de esa obligación mediante otro 036, y así los años sucesivos.
Por lo demás todo correcto.
Atentamente,
rch01

Añade tu respuesta

Haz clic para o

Más respuestas relacionadas