Reinversión en vivienda

En el año 1999 adquirimos una vivienda por importe de 75.642.79 (incluidos gastos de compra), ¿de este importe solicitamos hipoteca por valor de 63106,27? Hasta el año 2004 se pagaban las letras y se realizaba alguna pequeña cancelación parcial del préstamo (no dispongo ahora mismo de estas cantidades amortizadas). ¿En el 2004 pensamos en adquirir una nueva vivienda y para hacer frente a la adquisición de la misma que estaba en construcción decidimos realizar una ampliación de hipoteca por importe de 50.000?, los cuales destinábamos a realizar aportaciones a la nueva vivienda y a pagar el nuevo préstamo solicitado.
En el año 2005 justo antes de la venta de nuestra vivienda, ¿recibimos cómo señal por parte del comprador 22621? Que destinamos a amortizar de forma anticipada parte de los dos prestamos que teníamos, ¿12.621? ¿Se amortizaron del prestamos inicial de 63106,27? Y 10.000? ¿Del préstamo del año 2004 de 50.000?. ¿El 07/09/05 vendimos nuestra vivienda por un importe de 234.768.2? Una vez deducidos los gastos de la venta. ¿Al mismo tiempo cancelamos las hipotecas que quedaban de esta vivienda que ascendían a un total de 58.045,29? (27.812,15? ¿Pertenecían al primer préstamo y 30.233,14? Al segundo de ellos). ¿El 13/09/05 hicimos efectiva la compra de la nueva vivienda por un total de 331.970,45? Incluidos gastos, ¿de los cuales ya habíamos aportado 50.166? (Entre letras y aportaciones a lo largo del 2004 y 2005), ¿entregamos en efectivo en el acto de la compra la cantidad de 71.804? (¿66612? Aportación vivienda + 5.192? Gastos), ¿quedándonos una hipoteca de 210.000?. Inicialmente y en previsión de necesitar algo de dinero para amueblar la nueva vivienda y como supuestamente teníamos 2 años para reinvertir el beneficio obtenido con la venta de la anterior vivienda, no quisimos realizamos ninguna aportación más a la misma, ¿el pasado 03/04/06 y para tratar de cumplir con la reinversión de vivienda amortizamos 100.000? Del préstamo hipotecario, ¿quedándonos actualmente algo menos de 110.000? De hipoteca. ¿Podrías decirnos si hemos actuado correctamente y hemos aportado todo el dinero que debíamos como reinversión en vivienda habitual?. ¿Podrías decirnos que cantidad podremos desgravar de la nueva vivienda?. Gracias y perdón por lo larga de la consulta pero he intentando explicarlo lo mejor posible.

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He intentado seguir los números que ponéis y he hecho los siguientes cálculos:
Año 2005: Venta de la vivienda
Recibís un importe de: 234768,20 euros por la venta
Amortizáis en 2005 el préstamo restante de: 27812,15 euros
Eso supone que en NETO se recibe en 2005 por la venta de la vivienda: 206956,05 euros
Éste es el importe que hay que reinvertir en efectivo para tener derecho a la exención por reinversión. Por definición la parte que se paga en efectivo es la diferencia entre lo que cuesta la nueva vivienda menos lo que se financia (préstamo)
En 2005 se hace la compra de la nueva vivienda:
Precio de compra: 331970,45 euros
Importe financiado: 210000 euros
Pagado en efectivo en 2005: 111970,45
En 2006 se amortizan 100000 del préstamo
Pagado en efectivo en 2006: 100000
Total pagado en efectivo 2005-2006: 211970,45 euros
A mi entender habéis cumplido con lo que marca la ley para poder acogeros a la exención por reinversión por el 100% del la ganancia patrimonial obtenida, por lo que no tendríais que tributar por ello.
Deducciones:
* 2005
- Hasta la venta de la antigua vivienda os podréis deducir por los pagos al préstamo inicial más la amortización de 12621.
- Desde la compra de la nueva vivienda os podréis deducir por los pagos al nuevo préstamo pero por la parte proporcional que corresponda al importe de préstamo que hubiera de pagar
Precio de compra (331970,45)-Importe a reinvertir (206956,05)=125014,40
Será deducible el pago por la parte proporcional del préstamo: 125014,40 sobre 210000=59,53%
Será deducible el pago del 59,53% de las cuotas del préstamo
* 2006
- Hasta el momento de la amortización de los 100000 os podéis deducir por el 59,53% de las cuotas del préstamo
- Desde el momento de la amortización os podréis deducir por el 100% de los pagos de las cuotas del préstamo
Además en 2006 os podréis deducir por el exceso de lo pagado en efectivo (había que pagar 206956,05 y habéis pagado 221970,45, eso supone una diferencia de 15014,40)
* 2007-
A partir de 2006 os deduciréis por lo pagos del préstamo más las posibles amortizaciones anticipadas.
Hola de nuevo, se me olvidaba, en caso de no haber actuado correctamente, ¿podrías indicarnos que debemos hacer para intentar arreglarlo?
Muchísimas gracias por tu respuesta, más o menos y después de leer mucho yo había realizado unos cálculos parecidos, pero no estaba nada convencido de que los mismos fueran correctos, por lo que te agradezco mucho el esfuerzo que has tenido que realizar para entender todos los números que enviaba en mi pregunta. Espero que hacienda piense como nosotros..., estoy convencido de que así sera, gracias de nuevo...

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