Complicada, mi economista no lo tiene nada claro
Dleto, estoy hecho un lio. Este ano en julio de 2006 vendí un piso por un valor escriturado de 144.000 euros. Estoy haciendo cuentas para declararlo el ano que viene, ya que tengo unas acciones con perdidas y venderlas antes de final de este ano. Se lo he dado a mi economista y tiene muchas dudas... Mis padres fallecieron uno en 1992 y 1996. Tenían 2 pisos (comprados en 1973 ambos) y nos fueron dejando partes de ellos en cada aceptación de herencia, primero al morir mi padre y luego mi madre. En cada aceptación de herencia se volvía a escriturar los pisos y yo adquirí una pequeña parte en 1992 sobre los dos, la misma que mi hermano, y la mitad de los dos pisos 1996. Pues bien, en el 2004 hago una disolución de comunidad con mi hermano, yo me quedo con un piso y el con otro, en la extinción figura que el valor de los dos pisos es 120.000 euros cada uno. Bien, ahora en verano del 2006 he vendido mi piso, por un valor escriturado de 144.000 euros. Ahora en la declaración del ano que viene, ¿la plusvalía es la resta de 144.000 euros menos 120.000 euros...? ¿O es la resta de 144.000 euros menos el valor que tenia mi piso cuando aceptamos herencia en 1996...? ¿Sirve para algo a nivel fiscal haber pagado el AJD para poner el valor del piso en la exticion de comunidad en 120.000 euros...? Cuenta en algún momento el valor que tenia escriturado el otro piso, el que se quedo mi hermano, ¿en 1996..? ¿No sirve para nada que originalmente los pisos fueran del ano 1973 por el tema de los coeficientes de abatiemiento...? ¿Es difícil no?
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