Reinvertir en vivienda habitual

Buenos días,
Mi problema es el siguiente; el año pasado vendí mi casa obteniendo unos beneficios que todavía no he tributado ya que la ley me ofrece 24 meses para reinvertirlos o me gravará con un 15% sobre el beneficio obtenido si no los reinvierto en una vivienda.
El caso es que mi futura mujer tiene un piso en el que estamos viviendo. El piso está a su nombre y me pregunto si es posible que yo le compre la mitad del piso como reinversión. No sé si eso se considera reinversión o existe alguna pega legal, no sé si hay que rescriturar, no sé si se puede hacer un cambio de condominio, no sé si el futuro matrimonio (nos casamos en Julio) nos permitirá hacerlo de una manera más económica, por que si hay que pagar el IVA o impuesto de donación sobre una casa escriturada en 42 millones...
Gracias de antemano por la orientación

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Respuesta
¿La casa tiene hipoteca? Si la casa tiene hipoteca lo mejor sería cancelarla con el beneficio que obtenido y hacerlo después de la boda así la vivienda estaría entegrada en el régimen matrimonial. Si la vivienda esta libre de cargas no es de recibo que le compres la vivienda a tu esposa lo más seguro que hacienda no te crea que has hecho un gasto real.
Sí, claro que tiene hipoteca, ojalá no :-)
No se trata de engañar a hacienda, de hecho hace más de un año que estoy pagando la mitad de la hipoteca pero no puedo deducirme nada porque el piso no está a mi nombre. La idea que tenia es reinvertir todo lo ganado para amortizar hipoteca. Pero la duda es
¿Hay qué reescriturar? ¿Hay qué pagar a hacienda por transmisión de bienes patrimoniales? ¿Por compra venta? ¿O bastaría con poner en las capitulaciones del matrimoinio que mi mujer dona la casa al consorcio conyugal? Somos zaragozanos y tengo entendido que tenemos una reminiscencia legal de los fueros en la que hay una figura especial en el régimen matrimonial que me pregunto si está exenta de impuestos en las donaciones al consorcio conyugal.
Ella puso 10M al comprar la casa, mi idea es poner yo otro tanto, así todo es más justo, pero lo que no queremos es tener que pagar reescrituras, IBI, IVA que puedan suponer un gasto mayor que el ahorro por reinversión (15% sobre los 6M de beneficio por la venta de mi anterior propiedad)
Bien, por desgracia no conozco las peculiaridades del código civil Aragonés(ya que soy de otra comunidad) por lo tanto te recomiendo que consultes alguien que conozca la peculiaridades del código aragonés. Lo siento y recibe un cordial saludo.

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