Donación 50% vivienda habitual a mi mujer

Y gracias de antemano por la desinteresada labor que hacéis los expertos en esta página.
La situación es la siguiente:
Cuando me casé la vivienda habitual estaba solamente escriturada a mi nombre. Ahora hemos decidido cambiar esta situación y ponerla al 50% mi mujer y yo. Fuimos al Notario y nos aconsejó que yo hiciera una donación del 50% de la vivienda a mi mujer ya que nos salía más rentable. Así lo hicimos y ahora tenemos dos escrituras. Una la que yo tenía con una anotación al margen que hace mención a este cambio y una nueva para ella de donación del 50% de la vivienda. Ya hemos pagado el impuesto de sucesiones y donaciones que ha ascendido a 2473,70 euros y el impuesto de plus valía del ayuntamiento que ha ascendido a unos 700 euros y los honorarios del registro de la propiedad (172,05 euros) y la factura del notario (561,13 euros)
Cuando nos ha llegado el borrador de la declaración de la renta de este año nos dicen que no nos lo pueden hacer ya que hay una transacción patrimonial. Iremos a Hacienda a hacerla, pero el otro día llamé al teléfono de la renta y la verdad es que no supieron decirme cómo tributa esta transacción patrimonial.
Me gustaría saber que podemos desgravarnos cada uno, cómo tributa esta transacción y en que casilla debemos ponerlo en la declaración. Así mismo nos gustaría saber si hay alguna manera más ventajosa que otra de declararla.
En fin, agradecería toda la información que me pudieses proporcionar antes de ir este viernes a Hacienda a hacer la declaración, ya que tengo el temor de que me toque alguien que no entienda mucho y me la haga mal.
Gracias por adelantado y si necesitas algún dato más no dudes en solicitármelo.

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Respuesta
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Una vez pagado el impuesto de donaciones, hacienda no le puede pedir que haga una declaración por la ganancia patrimonial, ya que una misma operación no puede estar gravada por dos impuestos.
Ahora bien, en hacienda sale la venta por la declaración del notario.
La transacción no tribua en renta, pero ha de demostrar (si lo llaman) que se ha realizado el impuesto de donaciones y que se pagó.
Los gastos que se han producido los debió quitar en el impuesto de donaciones, no en la renta.
Gracias Bartorca,
La verdad es que me has aclarado una gran duda que tenía a la hora de hacer la renta este viernes.
Imprimiré tu respuesta y me la llevaré por si tuviera algún problema.
Intentaré desgraverme los gastos notariales por lo menos.
Gracias de nuevo y saludos.

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