IRPF No residente.

Estoy pensando regresar a mi país en unos meses. Tengo un piso de propiedad en Barcelona desde hace 3 años y medio, del cual estoy pagando hipoteca, seguro, gastos de comunidad, etc. Lo alquilaré antes de irme, ¿cómo tendré que hacer mi debclaración de renta al no ser residente? ¿Seguirá siendo anual? El único ingreso que tendré en España será por concepto del alquiler de ese piso, ¿qué deducciones puedo hacer?
Respuesta
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Si se le considera no residente (vive más de 193 días fuera de España en el ejercicio de la declaración) pagará el 24% de los ingresos del alquiler sin desgravar ningún tipo de gasto.
Modelo 216 trimestralmente
Es muchísimo al no poder desgravar nada! Impresionante.
¿Ese modelo 216 se puede presentar por Internet como en el caso de una declaración anual de IRPF de Residentes? Lo pregunto porque al no estar en el País y tener que hacer esa gestión trimestral es un problema más. ¿Cuál sería la forma más adecuada de hacerlo?
He de decirle que en la respuesta anterior hay un error. Se considera no residente a quien está más de 183 días fuera de España (no 193). Lamento el error, se me coló el 9 en lugar del 8.
La declaración la puede hacer por internet a través de la página www.aeat.es y enviarla con la opción "domiciliación bancaria" a una cuenta que tenga abierta en España.
Ha de hacerla los 10 primeros días del mes siguinente al trimestre que sea, se le cargará en cuenta el día 20.
Si no puede hacerlo usted mismo es mejor que contrate un gestor que le haga la operación cada tres meses. No es un servicio caro.
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