Exención por reinversión en vivienda. Bienes gananciale
Comento mi duda que me tiene bastante inquieto. --En Julio de 2002 compré a mi nombre (estaba soltero) una vivienda que fue mi residencia habitual. Compré por 58000 Euros.--Me casé en el año 2004.--En Mayo de 2009 vendí esa vivienda por el precio de 105000 Euros.--Con la cantidad obtenida de los 105000 euros, pagué la cancelación de la hipoteca que quedaba pendiente (34000 euros).--Descontando lo que pagué por la cancelación de la hipoteca y el precio de venta de la vivienda, me quedaban 71000 Euros que debía reinvertir en vivienda habitual.--En Octubre de 2009 compramos mi mujer y yó en común una vivienda (residencia habitual) que nos costó 237000 euros. --Pedimos un préstamo hipotecaria de 157000 euros y el resto del dinero hasta los 237000 lo aportamos en efectivo (80000 euros).--Mi duda comienza aquí, la cantidad obtenida en la venta de la vivienda (105000 euros), cuyo titular era yó al haberla comprado antes de casarme, ¿se debe dividir por dos al tener el régimen matrimonial de bienes gananciales?.--En caso de que sea así, ¿de qué forma tendríamos que reinvertir cada uno de nosotros ( mi mujer y yo) esa cantidad para que se considere que se ha reinvertido todo el dinero de la venta en la compra de otra vivienda habitual?.--Lo que no me queda claro es que si yo soy el titular de la vivienda que vendí, una vez descontada la cancelación del prestamos y demás gastos me quedaban como dije antes 71000 euros, si se considera que esa ganancia al tener régimen de bienes gananciales tengo que dividirla por dos ( mi mujer y yo) y entonces cada uno de nosotros tenemos que reinvertir en la compra de la nueva vivienda 35500 Euros para estar exentos de cualquier pago a hacienda.--En todo caso, quien debe declarar esa ganancia, yó solo (71000 euros) o mi mujer y yo a partes iguales (35500 euros). Un saludo y gracias por aclararme este lio que me he hecho con este asunto.
Respuesta de Federico Murolas Ruiz
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