¿Se debe declarar en IRPF el beneficio de un seguro?

Tengo un seguro de protección de pagos asociado a un préstamo personal. Como he estado de baja (IT), el seguro me pagó las cuotas del mismo. Mi pregunta es si tengo que declarar de alguna manera el importe de esas cuotas en el IRPF. Las cuotas las cobró la entidad financiera y cuando le pido a la aseguradora un certificado para renta me dicen que ellos pagan a esa entidad no a mí y que es la entidad quién debe expedir dicho certificado, pero que no tengo por qué declararlo.

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Y efectdivamentelka Compañía de SEguros tiene razón, paga a la Entidad Financiera no a Vd., en consecuencia dado que bcien haya sido Vd. o haya sido la Asesguradora quien ha efectuado los pagos, si estos afectan a la renta porque sean de hipoteca, el Banco es quien tiene que darle el certificado de lo que Vd. haya pagado en concepto de capital e intereses de su hipoteca, sin tener que meter para nada el tema del seguro. Ya que al fin y al cabo Vd. por un medio o por otro ha `pagado lo que debía.
Disculpen, pero necesito una aclaración. El préstamo cuyas cuotas quedaron pagadas por el seguro es un préstamo personal, es decir, no es una hipoteca, no es para la vivienda habitual ni ninguna otra sino un préstamo al consumo. ¿Debo declarar como ingreso las cuotas que el seguro pagó a la financiera que me lo prestó? Si la financiera me expide un certificado que ya he pedido supuestamente sería así o no.
No lo tengo claro y necesito hacer mi declaración de renta ya.
Gracias.
Quédese tranquilo no tiene nada que ver con la Declaración de Renta, el, Seguro que Vd. se haya hecho para su préstamo personal, no tiene nada que ver con la renta, no es lo mismo que si fuera un seguro por incapacidad, que le pagara un salario cuando está enfermo o accidentado.
Así que en su caso no tiene que hacer nada con el tema del seguro en la Declaración.
Nuestros cordialdes saludos.

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