Deducción por incapacidad

Desde hace seis años soy perceptor de una pensión de incapacidad total permanente, he visto que a la hora de hacer la declaración de renta tengo la opción de desgravar y los requisitos para acreditar el grado son
Igual o superior al 33%, a los pensionistas de la Seguridad Social que tengan reconocida una pensión de incapacidad permanente total, absoluta o gran invalidez y a los pensionistas de Clases Pasivas que tengan reconocida una pensión de jubilación o retiro por incapacidad permanente para el servicio o inutilidad.
Igual o superior al 65%, a aquellas personas con minusvalía cuya incapacidad haya sido declarada judicialmente en el orden civil, aunque no alcancen dicho grado.
  En mi caso la pensión se me otorgo por sentencia judicial pero en esta no se hace ninguna referencia a grado reconocido, les agradecería me informasen si tengo derecho a desgaravar como si mi grado fuera igual o superior al 65% o por contra no puedo al no haber referencia a ello en la sentencia que fue lo que me dijeron cuando lo consulte en mi delegación de hacienda

1 Respuesta

Respuesta
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Pero a ti que grado te han reconocido
En la sentencia judicial no hacen referencia alguna al grado, el fallo dice testualmente: debo estimar y estimol a demanda formulada por xxxxxxx xxxxx xxxxxxxx declarandole afectoa invalidez permanente derivada de accidente de trabajo, en grado de incapacidad permanente total para su trabajo de ayudante especialista, y el derecho a percibir una pensionvitalicia, equivalente al 55% de su base regulatoria anual ...
Por este motivo mi pregunta es si como dicen los requisitos para considerar una incapacidad igual o superior a 65%, a efectos de aplicar la deducción por incapacidad es suficiente que halla sido declada judicialmente como es mi caso o al no hacer referencia el fallo judicial a grado especifico (33%- 45% o cualquier otra valoración) no es aplicable
posteriormente el evi valoro una minusvalía del 7% unicamente ( antes de ela entrada en vigor de la ley de igualdad de oportunidades
gracias
Creo que primero debes plantear esta pregunta en el foro de derecho laboral para ver que minusvalía tienes reconocida y luego te contesto yo las posibles deducciones del IRPF

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