Necesitaba saber que descuentos tendría A la hora de comprar un coche con un grado de minusvalía del 38%.
1 Respuesta
Respuesta de rousmin
1
1
rousmin, Rousmin experiencia de 1 año en impuestos IRPF,Sociedades e IVA
Ley de exención del impuesto de circulación a minusválidos Artículo 94. 1. Estarán exentos del impuesto: a) Los vehículos oficiales del Estado, Comunidades Autónomas y Entidades locales adscritos a la defensa nacional o a la seguridad ciudadana. b) Los vehículos de representaciones diplomáticas, oficinas consulares, Agentes diplomáticos y funcionarios consulares de carrera acreditados en España, que sean súbditos de los respectivos países, externamente identificados y a condición de reciprocidad en su extensión y grado. c) Los coches que pertenezcan a personas discapacitaas o disminuidas físicamente. Asimismo, los vehículos de los Organismos internacionales con sede u oficina en España y de sus funcionarios o miembros con estatuto diplomático. d) Las ambulancias y demás vehículos directamente destinados a la asistencia sanitaria, que pertenezcan a la Cruz Roja. e) Los coches de inválidos o los adaptados para su conducción por disminuidos físicos, siempre que no superen los 14 caballos fiscales y pertenezcan a personas inválidas o disminuidas físicamente. f) Los autobuses urbanos adscritos al servicio de transporte público en régimen de concesión administrativa otorgada por el municipio de la imposición. g) Los tractores, remolques, semirremolques y maquinaria provistos de la Cartilla de Inspección Agrícola. 2. Para poder gozar de las exenciones a que se refieren las letras d) y f) del apartado 1 del presente artículo los interesados deberán instar su concesión indicando las características del vehículo, su matrícula y causa del beneficio. Declarada ésta por la Administración municipal se expedirá un documento que acredite su concesión.
Finaliza y valora la respuesta si puedes para no tenerla ahí en pendiente.