Otras deducciones por vivienda habitual

Tengo una duda respecto a la deducción fiscal por obras de mejora, soy autónomo y uso
una parte de la vivienda para trabajo, concretamente tengo declarado en el iae un 20
% De la vivienda y deduzco un 20 % de los gastos de esta, que estén relacionados con
mi actividad, como por ejemplo el préstamo de la hipoteca --intereses y amortizo el capital-, me deduzco un 20% en la
renta. La luz etc. Y deduzco por inversión en vivienda habitual la otra parte proporcional del préstamo, que corresponde a la parte que solo utilizo como vivienda habitual, en este caso un 80%,.
Hice una obra en septiembre de 2011 para mejora sistema eléctrico y energético.
Quería saber si podía deducir del total pagado por la obra, la parte no afecta a la
actividad, en mi caso el 80 % de la vivienda, en la deducción por obras de mejora
he podido confirmar en la web de hacienda que son compatibles, inversión en vivienda habitual y deducción por obras de mejora.
Cuando un contribuyente realice obras de mejora en su
Vivienda habitual y al mismo tiempo esté abonando cantidades
Para la adquisición de dicha vivienda, podrá aplicar la
Deducción por ambos conceptos de forma independiente siempre que
Cumpla los requisitos exigidos en cada una de las deducciones y
Con los límites previstos para cada una de ella, ya que se trata
De deducciones distintas, no existiendo un límite conjunto de
Deducción para ambas.

Mi duda es si al tener una parte de la vivienda afecta a mi trabajo(el 20%), puedo usar esta deducción, para el resto de mi vivienda no afecta (el 80%)que es ademas, mi vivienda habitual.
Porque se, que es una deducción a nivel particular y por tanto no valdría para locales afectos en su totalidad a actividad económica.
Pero al ser mi vivienda y solo estar afecta parcialmente . En teoría debería ser como
la deducción por vivienda habitual que también es para particulares y donde yo
por ejemplo, con el préstamo de la hipoteca, deduzco del pago del préstamo por un lado en la parte no afecta a la actividad el 80% de la vivienda, en inversión en vivienda habitual y la otra el 20% que si es afecta a la actividad. Deduzco los intereses como gasto financiero y el capital como amortización.
¿Crees qué también en esta deducción tendría derecho a deducir la parte proporcional de las obras de mejora hechas en la parte proporcional a la parte de mi vivienda no afecta a la actividad económica el 80%?

Perdón por extenderme tanto

Respuesta
1

Primero me siento en la obligación de aclararte que la amortización en una actividad económica o un rendimiento de capital inmobiliario no es la amortización del préstamo, sino la depreciación del inmueble, cuantificada, generalmente en un 3% del valor de construcción, que puede ser del valor catastral, excluido el suelo, o del valor de adquisición si es mayor que el catastral, también excluida la parte del valor del suelo.

Las obras de mejora en una actividad económica incrementan el valor de adquisición del inmueble, así que será deducible también su amortización al sumarse al valor de adquisicion. Si es mayor el valor catastral y tomamos éste como base para amortizar, deberíamos solicitar una revisión catastral para incrementar su valor y deducir una amortización mayor

Muchas gracias por tu respuesta ,

Perdón si no me he explique correctamente en el tema de la amortización de capital.

la deducción la realizo dentro de gastos financieros para el desarrollo de la actividad.

Por un lado el capital amortizado de esos gastos y por otro los intereses genererados.

En relación a las obras de mejora. tenia una pequeña duda .


Saque un extracto de los requisitos que la ley pide, para que sea considera valida la deducción por las obras de mejora. Te señalo en negrita la parte que provoca mi duda.
Deducción desde el:
-6 de mayo de 2011 Tipo de vivienda,Habitual
-7 de mayo de 2011 Tipo de vivienda,Todo tipo de viviendas en propiedad, salvo las viviendas afectas a actividades económicas.
¿Crees que se refiere con esta excepción a las viviendas que se usan en su totalidad para una actividad?, ¿y que por tanto no seria aplicable a a mi caso ,que solo tengo afecta una parte de la vivienda a mi actividad .?

ya que es mi vivienda habitual y solo uso una habitación para mi actividad que supone una parte de la vivienda (un 20% como te comente, y que esta declardo en el IAE desde que empece mi actividad). Y en la que puedo aplicarme la deducción de la parte proporcional de gastos sin problemas.


Partiendo de todo esto,¿ crees que podría deducir el importe de la las obras que afectan a la parte que solo uso a nivel particular y que supone el 80% del total?

Perdón si he siso un poco extenso, pero es una deducción muy importante para mi en estos momentos, y quiero estar seguro de di puedo o no aplicarla.

Muchas gracias por todo.

Tienes razón, me olvide de la excepción de los inmuebles afectos. Esto excluye que puedas deducir la mejora en la parte del inmueble afecto.

Y perdoname que insista, pero la amortización de capital de un préstamo destinado a inversion no es deducible en ningun concepto

perdoname cuando me dices "tienes razón,me olvide de la excepción de los inmuebles afectos. Esto excluye que puedas deducir la mejora en la parte del inmueble afecto."

-Te refieres a que solo puedo deducir la mejora en la parte privada del inmueble, la parte que no uso para mi actividad , o a que no puedo desgravarme nada por esta mejora , ni siquiera la parte privada.

Te agradezco mucho que insistieras en el tema de que la amortización de capital de un préstamo destinado a inversión no es deducible en ningún concepto. Al principio no lo habia entendido bien, ya he procedido a eliminar esa deducción.

Gracias de nuevo.

Podrás deducir por la mejora en aquella parte del inmueble que no este afecta

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