Declarar ayudas de VPO tras extinción de condominio
En 2010 adquirí una VPO con mi ex pareja, recibiendo una ayuda para la entrada a nombre de los dos. A día de hoy hemos realizado una extincion de condominio, quedándose el como único titular de la vivienda y tras pedir permiso a la JCCM no debemos devolver las ayudas.
En la declaración de la renta del año 2010 ambos declaramos una cuarta parte de la mitad de la ayuda que nos correspondía a cada uno ya que podíamos declararlo en un plazo o en cuatro. Este año pensábamos hacer lo mismo puesto que durante 2011 la vivienda aún figuraba a nombre de los dos. Mi duda es, en 2012 la vivienda está solo a su nombre ¿debe terminar el por declarar el resto de la ayuda? ¿O al figurar yo en la concesión de la ayuda debo seguir declarando?
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