Tributación por venta de piso
Hace un par de meses que me ha tocado un piso de protección oficial cuyo contrato firmaremos en Septiembre. Para que también pueda quedar a nombre de mi pareja nos haremos pareja de hecho también en Septiembre. En principio la entrega de llaves será en verano de 2015
Toda la gestión la está llevando a cabo una empresa creada por el Ayuntamiento de mi ciudad para ello y en cuya cuenta bancaria se ha ingresado la entrada y se ingresarán posteriores pagos.
- Mi pareja ha vendido hace una semana un piso que tenía en otra ciudad casi derruido por 20.000 euros que pretendemos aportar a la compra del piso.
- Tenemos a la venta nuestro piso actual (está a nombre de mi pareja exclusivamente) con el mismo fin
¿Tiene qué tributar por ambos pisos (suponiendo que vendiéramos el nuestro)?
He leído algo de inversión en vivienda habitual pero no me queda claro si serviría el justificante que me pudiera dar la empresa intermediaria como ingreso a cuenta del dinero de los pisos y el contrato de compra (que hasta la entrega de llaves podemos rescindir unilateralmente en cualquier momento) para quedar exento en hacienda. Todo ello teniendo en cuenta que si todo va en fecha y finalmente nos gusta el piso, hasta el 2015 no lo tendríamos escriturado.