¿Si el Ayuntamiento cambia uso del suelo de rustico a urbano puede cobrar el IBI nuevo directamente?
Mis abuelos tenían una huerta de regadío en explotación. Al fallecer ha pasado a pertenecer a sus hijos, manteniéndola uno de mis tíos como olivar en explotación, dado de alta en Agricultura. El ayuntamiento ha realizado un cambio en el PGOU y de rústico el terreno ha pasado a ser urbano con uso hotelero, viales y parques y jardines. Venían pagando IBI de terreno rústico y ahora les reclaman de los 3 últimos años el IBI de suelo urbano (han pasado de unos 30 € al año a unos 2000 €/a)
Si bien el uso previsto o potencial ha cambiado, el uso actual sigue siendo el uso histórico, esto es, cultivo agrícola. ¿Pueden cobrar un IBI de un uso que actualmente no tiene el terreno, o hay alguna fórmula intermedia?
Entendemos que si el terreno llega a ser un hotel y comercios, en ese momento el IBI suba de esa forma, pero actualmente el terreno no tiene ese uso.