¿Si el Ayuntamiento cambia uso del suelo de rustico a urbano puede cobrar el IBI nuevo directamente?

Mis abuelos tenían una huerta de regadío en explotación. Al fallecer ha pasado a pertenecer a sus hijos, manteniéndola uno de mis tíos como olivar en explotación, dado de alta en Agricultura. El ayuntamiento ha realizado un cambio en el PGOU y de rústico el terreno ha pasado a ser urbano con uso hotelero, viales y parques y jardines. Venían pagando IBI de terreno rústico y ahora les reclaman de los 3 últimos años el IBI de suelo urbano (han pasado de unos 30 € al año a unos 2000 €/a)

Si bien el uso previsto o potencial ha cambiado, el uso actual sigue siendo el uso histórico, esto es, cultivo agrícola. ¿Pueden cobrar un IBI de un uso que actualmente no tiene el terreno, o hay alguna fórmula intermedia?

Entendemos que si el terreno llega a ser un hotel y comercios, en ese momento el IBI suba de esa forma, pero actualmente el terreno no tiene ese uso.

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La determinación del valor catastral se efectuará mediante la aplicación de la correspondiente ponencia de valores, que es un documento administrativo en el que se recogen, según los casos, los criterios, módulos de valoración, planeamiento urbanístico y demás elementos precisos para llevar a cabo dicha determinación, y que se ajustará a las
directrices dictadas para la coordinación de valores.

Efectivamente, y aunque puede resultar desproporcionado porque se mantiene el uso rústico, si se ha recalificado el terreno, tributará de conformidad a su nueva naturaleza, en este caso, urbana. El valor catastral del suelo será muy superior al atribuido anteriormente.

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