Quiero donar un dinero a mi hija.

Quiero donar un dinero a mi hija. En mi comunidad autónoma (Aragón) me indican que el impuesto de donaciones sale EXENTO. Pero un experto me ha indicado que al salir exento el año que viene, tanto mi hija como yo, tendremos que declarar ese dinero en el IRPF y tributar por ello. ¿Eso es correcto?. En teoría, aunque saliera exento, ya hemos tributado por ello.

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En principio, si se trata de una donación exclusivamente en dinero y sin cambio de moneda, no se declara en la renta. El único concepto por el cual debería abonar IRPF es si se produce una ganancia patrimonial, como ocurre por ejemplo en la venta de un inmueble, pero no en estos casos. De ser así, se produciría una doble imposición.

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